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Dian Fachada | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

HACIENDA

¿Cómo actualizar el RUT por internet? Conozca en qué casos debe hacerlo

La Dian estableció que los pensionados del país deben actualizar el documento a más tardar el próximo 30 de junio.

24 de junio de 2021

Antes de que termine este mes, miles de personas tienen que actualizar el RUT (Registro Único Tributario) ante la Dian, debido a que el nuevo formulario tiene ahora una casilla aparte para los pensionados, lo cual ha generado muchas dudas entre los usuarios.

Desde la firma Carrero & Asociados señalaron que el RUT no solo es necesario para declarar renta, lo que muchos desconocen es que este documento también sirve como soporte para otras transacciones contables como “anexar a las cuentas de cobro y realizar trámites relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias a través de los servicios en línea y presenciales que ofrece la Dian”.

Dentro de los beneficios de contar con el RUT actualizado es que los terceros puedan identificar las actividades económicas de las personas y empresas, explicó Nicolás Carrero, director de la firma, de esta forma será más fácil sostener o crear nuevas relaciones laborales o comerciales.

“Además, permite a los responsables identificar sus obligaciones tributarias para poder presentar todos los documentos necesarios de forma adecuada y en los tiempos establecidos”, señaló.

Con el fin de aclarar los interrogantes que surgen alrededor de este trámite, la Dian también emitió un abecé, en el que resuelve las dudas más frecuentes sobre este documento para los jubilados.

¿La actualización de actividades económicas en el RUT aplica para los pensionados?

Sí. La actualización de las actividades económicas en el RUT aplica para los pensionados y también para todos los contribuyentes que tienen ingresos de alguna de las actividades económicas que sufrieron cambios o desaparecieron con la expedición de dos resoluciones, una por parte del Dane y otra por parte de la Dian, a finales del año 2020.

¿Todos los pensionados del país deben actualizar el RUT?

No. Solo deben actualizar el cambio de código de actividad los pensionados inscritos en el RUT.

El nuevo código de actividad que deben tener ahora es el “0020 Pensionados”. Esto se debe a que, en el anterior formulario de declaración de renta aparecía mezclada la actividad económica de los pensionados con la de los asalariados.

Por lo tanto, deben inscribir la fecha de inicio de la dicha condición de jubilados.

Hay que tener presente que la actualización aplica para las personas naturales que reciben ingresos provenientes de una pensión de jubilación, ya sea por invalidez, vejez, sobrevivientes y, sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional.

¿Entre todos los pensionados que tienen RUT solo deben actualizarlo los que declaran renta?

No. Todas las personas naturales que tengan ingresos provenientes de una pensión, que se encuentran inscritos en el RUT, deben actualizarlo incluyendo la actividad económica “0020 Pensionados”, independientemente de que se encuentren obligados a declarar renta o no.

Si soy pensionado pero no tengo RUT, ¿debo inscribirme ante la Dian?

Si eres pensionado y de acuerdo con tu realidad económica cumples requisitos para ser declarante de renta o debes estar inscrito en el RUT por otra razón, deberás informar la actividad económica “0020 Pensionado”.

Si no debes cumplir ninguna obligación ante la Dian, no es necesario inscribirte en el RUT.

Consulte aquí si estás obligado o no a registrarte en el RUT: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Paginas/preguntas.aspx

¿En dónde se actualiza el RUT?

Muchos son los trámites tributarios que ahora se pueden realizar de forma electrónica.

La actualización puede hacerse totalmente en línea en la siguiente dirección electrónica: https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Transaccional.aspx

Recuerde, de acuerdo con los avances que ha hecho la Dian, en materia de modernización de la entidad, ya no se requiere cita, y el trámite es gratuito.

La entidad tributaria estableció como fecha límite para la actualización del RUT de los pensionados, el 30 de junio. Así que, apresúrese.