En Colombia, existen varios documentos tributarios clave para los contribuyentes y que cada cierto tiempo deben ser actualizados. Uno de los más importantes es el RUT o Registro Único Tributario, que es el que identifica, ubica y clasifica a las personas y entidades que deban cumplir con obligaciones tributarias administradas por la DIAN, así como a quienes, por disposiciones legales, deban hacerlo.
Este documento debe expedirse de manera obligatoria. Para el adecuado cumplimiento de estos requisitos en materia de impuestos, es necesario siempre que los contribuyentes mantengan actualizado este documento, especialmente en los casos en los que la actividad comercial haya cambiado.

Tenga en cuenta que el RUT no pierde vigencia con el tiempo, pero debe ser actualizado constantemente, en caso de ser necesario. Además, es clave que sepa que la actualización debe reflejar cualquier modificación que altere la actividad comercial del contribuyente.
En la actualización se deben reflejar cambios como el inicio de una nueva actividad o el cese de la anterior. También deben verse reflejados allí los cambios en información básica que hayan cambiado, como la dirección y el teléfono. Adicionalmente, si su estado cambió en temas de IVA o en calidad de agente de retención.

La normativa precisa que, de darse alguno de estos cambios, la actualización del RUT deberá ser adelantada, como máximo, dentro del mes siguiente. De lo contrario, si no cumple el plazo u omite la actualización, podrá ser sancionado por la Dian.

Las sanciones estipuladas son la clausura del establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de un (1) día por cada mes o fracción de mes de retraso en la inscripción. También una multa equivalente a 1 UVT por día de retraso. La UVT para este año, por ejemplo, es de $52.374.

Si la infracción es un dato desactualizado como la dirección o actividad económica, la multa se duplica a 2 UVT. Por otra parte, si no exhibe la certificación del RUT explícita, la multa asciende a 10 UVT, que serían $523.740.
Si informa datos equívocos o falsos, deberá asumir la multa más cara, que es de unos 100 UVT, que serían $5.237.400.

