La prima de servicios es uno de los beneficios laborales más relevantes para los trabajadores en Colombia. Se trata de una prestación social que representa un pago adicional al salario y que busca reconocer el aporte y desempeño del empleado dentro de la empresa.

Este derecho está establecido en el Código Sustantivo del Trabajo y debe ser otorgado por todos los empleadores que tengan trabajadores vinculados mediante contrato laboral, sin importar si es a término fijo, indefinido o por obra o labor.

Desde finales de mayo, las empresas o patronos pueden empezar a pagar la prima con el pago del salario de la persona.
¿En qué consiste la prima de servicios?
La prima equivale a 30 días de salario por cada año trabajado y se cancela en dos pagos: uno a mitad de año y otro en diciembre. De esta manera, por cada semestre laborado, el trabajador recibe el equivalente a 15 días de salario.
En los casos en que el empleado no haya trabajado los seis meses completos, el pago se realiza de manera proporcional al tiempo laborado.
¿Cuál es la fecha límite para el pago de mitad de año?
Según lo establecido en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima correspondiente al primer semestre debe pagarse máximo hasta el 30 de junio. El incumplimiento de esta obligación puede generar sanciones para el empleador por parte del Ministerio de Trabajo.
Por ejemplo, un trabajador que haya laborado entre el 1 de enero y el 30 de junio recibirá como prima la mitad de su salario mensual. Si ingresó a trabajar después de enero, el valor será calculado proporcionalmente al tiempo trabajado durante ese semestre.
¿Quiénes tienen derecho a recibirla?
Todos los trabajadores formales con contrato laboral vigente, ya sea de tiempo completo o parcial, tienen derecho al pago de la prima. Este beneficio no aplica para contratistas independientes vinculados mediante contrato de prestación de servicios, debido a que no hacen parte del régimen de prestaciones sociales.
Sin embargo, sí cobija a empleados del servicio doméstico, conductores familiares, niñeras, jardineros y demás trabajadores vinculados formalmente.

¿Cómo se liquida la prima?
El cálculo se realiza tomando el salario mensual multiplicado por los días trabajados y dividido en 360. Para esta liquidación también se incluyen pagos habituales como el auxilio de transporte, cuando corresponda.

¿Qué pasa si no se paga?
No cumplir con el pago de la prima puede traer consecuencias legales para el empleador. El trabajador tiene la posibilidad de presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo y exigir el pago correspondiente junto con intereses por mora.
