Con el argumento del salario mínimo vital, el Gobierno hizo el incremento más alto en la historia reciente del salario mínimo, al aumentarlo en cerca del 23 % para 2026, y llevarlo a 2 millones de pesos, con el auxilio de transporte.
El hecho, han advertido analistas y hasta calificadoras, generará impactos en distintos frentes. Por ejemplo, en materia de inflación por la indexación a precios, situación que podría llevar al Banco de la República a aumentar las tasas de interés.

Según un análisis del Grupo Cibest, citando estudios del Banco de la República, se sugiere que por cada 100 puntos básicos de incremento en el salario mínimo por encima del umbral teórico (aumento de la inflación más la productividad) se generan aceleraciones en la inflación total de hasta 14,4 puntos básicos. “Dada la brecha entre el ajuste definido para 2026 y el referente técnico, las presiones alcistas por esta vía podrían añadir cerca de 242 puntos básicos adicionales a la inflación observada”, agrega el análisis.
Un análisis de Credicorp Capital establece que el incremento del salario mínimo llevará la inflación por encima del 6 por ciento al cierre de 2026, cuando antes se estimaba en 4,6 por ciento.
También afectará las cuentas fiscales. El Comité Autónomo de la Regla Fiscal (Carf) estima que el incremento en el salario mínimo para 2026 que fue decretado por el Gobierno aumentaría en 2026 el déficit fiscal en, al menos, 5,3 billones de pesos, lo que representa 0,3 por ciento del PIB, y en 8 billones de pesos (0,4 por ciento del PIB) de 2027 en adelante.

Otro frente que se afectará es el mercado laboral. Cibest advierte que los incrementos reales del salario mínimo reducen la creación de empleos formales: cada punto porcentual adicional en el salario mínimo disminuye en una magnitud similar las contrataciones. “Esto limita la demanda laboral y dificulta reducir la informalidad (55,8 por ciento en promedio durante 2025). Como resultado, los incrementos elevados del salario mínimo incentivan la creación de empleos de baja calidad y menores aportes a salud y pensiones. Además, el aumento definido para 2026 presiona la estabilidad de las empresas pequeñas al elevar costos y restringir su capacidad de contratación, lo que incrementa los desafíos para la formalización laboral y la competitividad”, advierte el análisis de ese grupo financiero. Podría aumentar la informalidad que hoy es de un poco más del 55%.
Pero uno de los efectos más perversos se refleja en las poblaciones de menores ingresos que buscan acceder a una vivienda de interés social (VIS), que pasaría de 213,5 millones de pesos a 262,6 millones.

En Colombia, la vivienda social (VIS y VIP) está regulada por topes expresados en salarios mínimos. Esto significa que, cuando el salario mínimo sube, automáticamente se ajustan los valores máximos permitidos para este tipo de vivienda.
Aunque el presidente Gustavo Petro pidió a las empresas constructoras “dejar de decirles a sus clientes que los precios de la vivienda se estudian para indexarlos al mismo porcentaje del salario vital, esa es una estafa delictiva y le solicito a la superintendencia de vigilancia realizar las investigaciones y sanciones respectivas”, desde Camacol aclararon que los topes de precios de la vivienda de interés social (VIS) “están definidos en su Plan Nacional de Desarrollo aprobado por su Gobierno y se encuentran indexados al salario mínimo que su Gobierno decreta. Estos topes son límites máximos, no aumentos automáticos”.
Y el gremio agregó: “Desde el gremio constructor no se han definido incrementos de precios. El aumento del salario mínimo tomó por sorpresa a toda la economía y se suma a un contexto ya crítico, en el que más de 24.000 familias desistieron de adquirir vivienda en 2025 tras la cancelación del programa Mi Casa Ya. En este escenario, nuestra prioridad no es la confrontación política, sino acompañar a los compradores para que puedan acceder a vivienda propia y proteger la viabilidad del sector, incluso en medio de la incertidumbre creada por sus decisiones de política pública”.
En medio de esta polémica se conoció un proyecto de decreto para comentarios por parte del Ministerio de Vivienda que proyecta ajustar la indexación de los proyectos de Vivienda de Interés Social de los salarios mínimos.

“Sacamos a participación un proyecto de decreto que cuida a los hogares compradores de Vivienda de Interés Social, siguiendo los preceptos contenidos en el Estatuto del Consumidor. Esta medida garantiza transparencia, previene abusos y da seguridad jurídica: el precio de la vivienda se pacta en pesos desde el inicio y no se permite cambios de precios por el simple cambio de año. Con este decreto, el Gobierno evita alzas automáticas de la vivienda y busca que los precios obedezcan al comportamiento de costos de los insumos de construcción, financiación, entre otros factores, siempre respetando lo pactado en pesos”, explicó la ministra de Vivienda, Helga Rivas.
En el documento para comentarios que se recibirán hasta el 24 de enero se señala que el valor máximo de la Vivienda de Interés Social (VIS) será, como regla general, el equivalente a ciento treinta y cinco (135) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 388 de 1997 y el artículo 293 de la Ley 2294 de 2023.
Con respecto al precio y a la prohibición de indexación posterior, el proyecto de decreto afirma: “Toda separación, promesa de compraventa, encargo fiduciario o cualquier negocio jurídico destinado a la adquisición de Vivienda de Interés Social deberá establecer de manera expresa, clara y verificable el precio total de la vivienda en pesos colombianos el cual constituirá el único precio exigible para la ejecución del respectivo contrato hasta su finalización. En ningún caso dicho precio podrá quedar sujeto a mecanismos de indexación automática asociados al salario mínimo legal mensual vigente con posterioridad a la separación, a la suscripción de la promesa de compraventa o del documento que haga sus veces. Parágrafo: Solo podrán realizarse ajustes al precio en pesos colombianos cuando existen motivos extraordinarios que afecten los precios de los insumos y que estén soportados en el Índice de Costos de la Construcción de Edificaciones (ICCE), elaborado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística”.
El exministro y rector de la Universidad EIA, José Manuel Restrepo, advirtió que la medida obliga al constructor a aumentar los precios de la vivienda VIS desde el primer momento y ponerles el valor techo que establece el Plan de Desarrollo. “Hoy solamente el 40% de los proyectos que se venden están en tope máximo, muy rápidamente será el 100%”, anticipa.
Y, por otra parte, anticipa una posible ilegalidad en esta decisión. “Nadie entiende que ahora con un decreto se cambie una ley del plan. El decreto parece ilegal”, señaló en su cuenta de X.








