Finanzas
Profesiones que deben cotizar en Colpensiones de manera obligatoria
Las personas deben conocer el fondo de pensiones al cual están vinculados.
Siga las noticias de SEMANA en Google Discover y manténgase informado


Desde hace algunas semanas, el país tiene sobre la mesa la temática del posible traslado de más de 45.000 trabajadores que están adscritos a diversos fondos de pensiones hacia Colpensiones.
Por otra parte, esta polémica ha recordado diversas normas que indican que ciertas profesiones deben estar vinculadas a dicha entidad, señalándola como fondo de pensiones obligatorio en todo momento.
Las profesiones que deben realizar sus aportes a Colpensiones son las consideradas de alto riesgo, las cuales cuentan con especificaciones según las normas del país y presentan un mayor riesgo en cuanto a la expectativa de vida.
“Se consideran actividades de alto riesgo las definidas en el artículo 2° del Decreto número 2090 de 2003, las cuales implican la disminución de la expectativa de vida saludable o la necesidad del retiro de las funciones laborales que se ejecutan con ocasión del trabajo”, señalan las leyes de Colombia.
¿Qué profesiones se consideran de alto riesgo y deben cotizar a Colpensiones?
- Bomberos
- Personal dedicado a la custodia y vigilancia de los internos en los centros de reclusión carcelaria, durante el tiempo en el que ejecuten dicha labor. Asimismo, el personal que labore en estas actividades en otros establecimientos carcelarios, con excepción de aquellos administrados por la fuerza pública.
- Técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo que cuenten con toda la documentación necesaria.
- Personal expuesto a radiación.
- Profesiones expuestas a altas temperaturas.
- Profesionales de la salud.
- Profesionales expuestos a sustancias peligrosas.
- Policías y personal de seguridad.
- Militares.
- Personal que trabaja en el transporte de elementos peligrosos.
- Trabajadores en minería que presten servicio en socavones o subterráneos.
- Trabajadores expuestos a sustancias comprobadamente cancerígenas.

Por otro lado, estas profesiones presentan diversas aristas que las diferencian de las demás, razón por la cual los empleadores deben garantizar y exigir el cumplimiento de las normas de seguridad en todo momento.
Además, los valores de los aportes a pensión deben ser asumidos en los porcentajes que dictamina la ley, y se deben entregar todos los soportes necesarios para que los trabajadores puedan acceder a su jubilación una vez completen los requisitos.
“El monto de la cotización especial para los trabajadores que desempeñan estas actividades corresponde al previsto en la Ley 100 de 1993, más diez (10) puntos adicionales a cargo del empleador (artículo 5° del Decreto número 2090 de 2003)”, destaca el Ministerio de Trabajo.