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Avanza la demanda contra la ley de encuestas: Procuraduría pide que se mantenga la regulación

El magistrado Juan Carlos Cortés es el encargado de resolver ese recurso en la Corte Constitucional.

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19 de enero de 2026, 2:58 p. m.
La ley que establece normas sobre las encuestas políticas generó críticas por parte de las empresas.
La ley que establece normas sobre las encuestas políticas generó críticas por parte de las empresas. Foto: El País

El 4 de agosto del año pasado, un ciudadano identificado como Juan Manuel López Molina radicó una demanda de inconstitucionalidad contra la ley que reguló la elaboración, publicación y divulgación de encuestas, argumentando que se tramitó como ordinaria, pese a que su naturaleza sería estatutaria.

Seis meses después del inicio de ese proceso, la Procuraduría General de la Nación expidió un concepto dando luz verde a la ley, argumentando que “no desconoce la reserva de ley estatutaria. En ese sentido, a partir del examen del contenido de la Ley 2494 de 2025, no se advierte que su contenido normativo configure alguno de los supuestos que habilitan la aplicación de la reserva estatutaria”.

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El demandante también consideró que el contenido de la norma incidía en el ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión, libertad de información y limita las encuestas al prohibir su publicación cuando carecen de condiciones técnicas.

Para la Procuraduría, esa ley establece parámetros técnicos como fichas, microdatos, muestreo y criterios de representatividad, entre otras herramientas, pero no incide en la libertad de expresión ni en la libertad de información, pues “no imponen censura previa, no restringen la posibilidad de difundir opiniones”, dice el documento.

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Magistrado Juan Carlos Cortés. Foto: Senado de la República

El ente de control también concluyó que el contenido de la ley de encuestas no tiene disposiciones que configuren órdenes de gasto, no otorga beneficios tributarios ni implican reducción de ingresos, pues sus funciones son de supervisión documental, análisis y actualización de las normas que el Consejo Nacional Electoral ya realiza dentro de sus competencias.

“Las funciones que allí se desarrollan se corresponden con competencias ordinarias del CNE, y la implementación de la ley se apoya en recursos, capacidades operativas procedimientos administrativos ya existentes”, dijo la Procuraduría.

Así mismo, aclaró que, como esa ley fue una iniciativa del congreso, el legislador solo tuvo que incorporar referencias mínimas sobre eventualidades fiscales, pero en todos los informes de ponencia para los cuatro debates dejó establecido que esa iniciativa no generaba impacto fiscal alguno.

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Para la Procuraduría no es un vicio procedimental la ausencia del concepto del Ministerio de Hacienda dentro de este proyecto, pues dicha omisión no bloquea la deliberación legislativa ni limita la competencia del Congreso.

Al magistrado Juan Carlos Cortés ya le llegó este concepto, que será una guía para la ponencia que deberá presentar en medio de la demanda que busca dejar sin piso jurídico la cuestionada ley de encuestas.


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