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Pico y placa en Medellín para carros y motos, el martes 7 de diciembre

Los horarios de restricción para motos y vehículos particulares es de 5:00 a. m. a 8:00 p. m.; para taxis es de 6:00 a. m. a 8:00 p. m.

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6 de diciembre de 2021 a las 11:45 p. m.
Así funcionará la medida de pico y placa en la ciudad de Medellín este 7 de diciembre, Día de las velitas.
Así funcionará la medida de pico y placa en la ciudad de Medellín este 7 de diciembre, Día de las velitas. Foto: Getty Images/iStockphoto

Después de haber sido suspendido durante buena parte de la pandemia, el pico y placa en Medellín y el Valle de Aburra se restableció, en un principio, con sanciones pedagógicas y luego con multas económicas.

Para este martes 7 de diciembre, Día de las velitas, la restricción aplica para los vehículos particulares con placas terminadas en seis (6), desde las 5 de la mañana hasta las 8 de la noche. El miércoles 8 de diciembre no aplica la medida por ser día festivo.

En cuanto a los taxis, la medida aplica para los vehículos con placas terminadas en nueve (9), mientras que para las motos de dos y cuatro tiempos la restricción será para las que empiezan en seis (6).

Para las motos de dos y cuatro tiempos, la restricción aplica con el primer número de la placa de la siguiente manera:

  • 0: octubre 4 , noviembre 29, diciembre 13 y 27, y enero 24 de 2022.
  • 1: octubre 5 y 19, noviembre 2,16 y 30, diciembre 14 y 28 y enero 12 y 25 de 2022.
  • 2: octubre 6 y 20, noviembre 3 y 17, diciembre 1, 15 y 29, y enero 12 y 26 de 2022.
  • 3: octubre 7 y 21, noviembre 4 y 18, diciembre 2, 16 y 30, y enero 13 y 27 de 2022.
  • 4: octubre 8 y 22, noviembre 5 y 19, diciembre 3, 17 y 31, y enero 14 y 28 de 2022.
  • 5: octubre 11 y 25, noviembre 8 y 22, diciembre 6 y 20, y enero 3, 17 y 31 de 2022.
  • 6: octubre 12 y 26, noviembre 9 y 23, diciembre 7 y 21, y enero 4 y 18 de 2022.
  • 7: octubre 13 y 27, noviembre 10 y 24, diciembre 22, y enero 5 y 19 de 2022.
  • 8: octubre 14 y 28, noviembre 11 y 25, diciembre 9 y 23, y enero 6 y 20 de 2022.
  • 9: octubre 15 y 29, noviembre 12 y 26, diciembre 10 y 24, y enero 7 y 21 de 2022.
METRO DE MEDELLIN . 
MARZO 1 DE 2013 
FOTO LUIS BENAVIDES
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Excepciones

Sobre las excepciones a la medida, el secretario de Movilidad, Carlos Mario Mejía, aseguró que “estarán exentos los vehículos eléctricos e híbridos y los que usen gas natural comprimido vehicular, los que atiendan emergencias o situaciones médicas, vehículos de transporte especial, de transporte de alimentos, los destinados a la entrega de domicilios y mensajería, de carga y los destinados a la prestación de servicios públicos, entre otros. Estos detalles se pueden consultar en el Decreto 0730 de 2021″.

La Alcaldía informó que para las causales de exención que requieren inscripción previa las solicitudes se deberán presentar a través de www.medellin.gov.co y el periodo de vigencia se contabilizará desde la fecha de la autorización emitida por la Secretaría de Movilidad.

Foto de referencia de una zona de Medellín
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Así mismo, hay vías en las que no regirá esta medida: el Sistema Vial del Río (Autopista Sur, Avenida Regional y Avenida Paralela), Avenida Las Palmas, Avenida 33 desde el Río hasta su conexión con Las Palmas, laterales de la quebrada La Iguana (entre carreras 63 y 80), calzada norte (sentido oriente-occidente) del Puente Horacio Toro, entre los lazos que permiten hacer el retorno al sur. La restricción vehicular no aplicará en los corregimientos de Medellín.

Para los conductores es clave atender todas las excepciones y poder utilizar su vehículo cuando les sea permitido y no tener que verse expuesto a una sanción económica que puede afectar sus finanzas.