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| Foto: Guillermo Torres

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Gobierno emite decreto que traslada pensiones de fondos privados a Colpensiones

Colpensiones recibirá a algunos de los jubilados en la modalidad de retiro programado de fondos privados como Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia.

15 de abril de 2020

Este miércoles, el Gobierno nacional emitió el Decreto 558 para reforzar el Sistema General de Pensiones en medio de la emergencia económica causada por el coronavirus en Colombia.

En su artículo 6, el decreto se refiere al mecanismo especial de pago para las pensiones reconocidas bajo la modalidad de retiro programado que, entre otras, se caracteriza porque la mesada pensional “se determina anualmente de acuerdo con el saldo de la Cuenta de Ahorro Individual (CAI)”, por lo que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) reliquidan la mensualidad sin garantizar un monto fijo, según especifica Colfondos.

Además, en esta modalidad la mesada nunca puede ser inferior a un salario mínimo mensual ($980.657). Justo es a esta porción de la población jubilada a la que hace referencia el decreto 558.

Dice el documento que los fondos privados deberán trasladar a Colpensiones, en un plazo no mayor a cuatro meses, los recursos o activos del Fondo Especial de Retiro Programado y la información correspondiente a los pensionados que a la fecha presenten una descapitalización en sus cuentas. En otras palabras, en caso de que los recursos existentes en la cuenta de ahorro pensional de los jubilados no sean suficientes para continuar recibiendo una mesada de un salario mínimo en esta modalidad.

Especialistas hablan de que la medida implica que 20.000 personas se verían beneficiadas por la medida, cerca de un 20 % de las pensiones en la modalidad de retiro programado que se encuentran en fondos privados.

El decreto también dicta que “las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías deberán trasladar a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) el valor correspondiente al saldo de la cuenta de ahorro individual y sus rendimientos, el valor del bono pensional y la suma adicional, si a ella hubiere lugar”.

Cuando Colpensiones reciba los recursos, “efectuará el pago de dichas mesadas por el valor reportado por los fondos de pensiones, el cual no podrá ser diferente a un salario mínimo legal mensual vigente”, por lo que en la práctica el cambio no afectaría a los jubilados.

El Decreto 558 de 2020 también reglamenta la suspensión de los aportes a pensión durante dos meses, para quitarles presión a las empresas en este periodo de incertidumbre.