Hace algunos días, el Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Salud, expidió el Decreto 0182 del 25 de febrero, con el que se introducen modificaciones al sistema de Salud, en temas como la operación del aseguramiento en salud respecto a las reglas bajo las que se rigen las EPS. Aunque no las elimina o suprime, si organiza nuevos aspectos sobre su funcionamiento y presencia en el sistema.
Entre los factores que se ajustan se encuentran las condiciones operativas y administrativas, además de la definición para las condiciones de operación, al tener en cuenta su tamaño y la participación en el mercado. Estas son algunas de las directrices definidas por la norma descrita y todo lo que tiene que saber.

Precisan primeramente que las EPS que acuñen más del 20 % del total de los afiliados o con más de un millón de afiliados en todo el país, se mantendrá la autorización de operación.

Pese a ello, establece que si en un departamento la participación es inferior al 3 % del total de afiliados, no podrá continuar operando en los municipios de dicho territorio.
Podrán hacerlo las EPS que solo operen en municipios de un único departamento que mantengan su autorización incluso si se supera el número límite para esta categoría.

También se introducen umbrales mínimos de participación según el tamaño de la población:
- Departamentos con más de 2 millones de habitantes: EPS con al menos un 5 % de afiliados de ese territorio
- Departamentos con entre 390.001 y 2 millones de habitantes: EPS con al menos un 10 % de los afiliados en ese territorio
- Departamentos con entre 100.000 y 390.000 habitantes: EPS con al menos un 15 % de los afiliados en ese territorio

Una de las preguntas más recurrentes es la que respecta a la apertura a traslados masivos. El decreto indica que cuando la Superintendencia actualice las medidas territoriales y una EPS ya no pueda operar en los municipios según las reglas descritas, sus afiliados serán reasignados obligatoriamente a la EPS que empiece a funcionar o siga funcionando en el lugar.

El traslado no será voluntario y lo hará el Ministerio de Salud y la Adres de manera inmediata. Tenga en cuenta que si en un municipio pequeño pasa de tener cinco EPS a solo dos, todos los afiliados deberán ser redistribuidos en las que queden. Sin embargo ,se deberá mantener integrados a los grupos familiares, es decir, no se pueden separar los miembros de una misma familia.
