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Retiro de cesantías. Fizkes / Getty Images.
Retiro de cesantías. Fizkes / Getty Images. | Foto: Getty Images/iStockphoto

CESANTÍAS

Cesantías: ¿en qué pueden utilizarse y cómo se hace el proceso de retiro?

Este domingo 14 de febrero las empresas debían hacer la consignación de las cesantías de 2020.

15 de febrero de 2021

En la noche de este domingo los colombianos debieron recibir el valor de sus cesantías de 2020 en las cuentas de sus fondos, por lo que ahora muchos usuarios pueden estarse preguntando en qué pueden utilizarlas y cómo se hace el proceso de retiro.

Según la ley, las cesantías se liquidan anualmente al 31 de diciembre del año anterior y las empresas tienen plazo de consignar el dinero en el fondo de cesantías hasta la medianoche del 14 de febrero, de lo contrario, enfrentarán multas dispuestas por la ley.

La ley 50 de 1990 (artículo 99, numeral 3) indica que en caso de no hacerse el pago de esta obligación laboral, “el empleador deberá pagar un día de salario por cada retardo”.

Esta es una prestación social que se convierte en ahorro en caso de pérdida de empleo o para alcanzar objetivos de vivienda y educación, y, como cada año, se les paga a buena parte de los trabajadores formales en Colombia.

El dinero que debe consignarse equivale a un mes de salario por año trabajado y, en caso de que el trabajador lleve menos de un año en la empresa, el monto de las cesantías será proporcional al tiempo laborado.

Cesantías= (Salario x días trabajados) / 360

Así las cosas, por ejemplo, si su salario mensual es de $1.500.000 y trabajó 180 días, el monto que deben consignarle como cesantías lo puede calcular así:

Cesantías= ($1.500.000 x 180)/360 = $750.000

¿Cómo hacer el proceso de retiro?

Aunque el proceso depende del fondo al que esté afiliado el trabajador y el uso que les vaya a dar. Lo primero que el usuario debe hacer es ingresar a su cuenta personal de cesantías y buscar la opción de retiro de cesantías.

En la mayoría de los casos el proceso puede hacerse de forma virtual, aunque en ciertas circunstancias la persona debe acercarse a un punto de atención del fondo para recibir el cheque con el monto solicitado.

Por ejemplo, en el fondo Porvenir, las formas de retiro son las siguientes.

Para educación superior:

  • Copia del recibo de pago de la institución educativa, autorizada por el Ministerio de Educación o certificado de la institución educativa donde conste: nombre del estudiante, nombre de la carrera, valor de la matrícula o semestre a realizar.
  • Para pago de crédito con el Icetex, adjunte el estado de cuenta que emite la entidad o el movimiento de cuenta en la cual se refleje el nombre del estudiante, valor de la deuda o el valor a pagar.

Para diplomados y cursos de idiomas extranjeros:

  • Certificado de la entidad educativa que cuente con el reconocimiento por parte del Estado colombiano en el que informe que el diplomado o el curso de idiomas complementa el pénsum académico de su educación superior.

Para educación no formal, trabajo y desarrollo humano:

  • Presente la resolución de aprobación donde indique que es una entidad de educación para el “Trabajo y el desarrollo humano”; dentro de esta resolución debe estar autorizado el programa a cursar, de acuerdo a la orden de matrícula.

También debe adjuntar los siguientes documentos si el retiro es para:

  • Cónyuge: Copia del registro de matrimonio.
  • Compañero(a) permanente: declaración juramentada original en la que especifique el tiempo de convivencia, este debe ser igual o mayor a dos años.
  • Hijo(a): copia del registro civil de nacimiento.

Para compra de vivienda:

  • Documento de identificación y fotocopia ampliada al 150 %.
  • Carta original en hoja con membrete de la empresa, que incluya: la firma, el nombre y el cargo de la persona que autoriza por parte del empleador y en la que se informe que se verificará que las cesantías se invertirán en la compra, mejora o liberación de bienes raíces, impuesto predial o pago de crédito hipotecario destinado a la vivienda del afiliado. Este documento debe contener los siguientes datos:
  • Nombres completos y número de identificación.
  • Valor autorizado.
  • Nombres e identificación del beneficiario (puede ser un tercero o el mismo afiliado).
  • Nombrar lo dictado en el artículo 21 de la ley 1429 de 2010.

Es importante que su empleador recuerde su obligación de verificar y vigilar la inversión de los dineros autorizados cuando el concepto de retiro sea para adquisición de vivienda o reparación locativa.

Por terminación de contrato:

  • Documento de identificación y fotocopia ampliada al 150 %.
  • Soporte original de terminación del contrato; en cualquiera de las siguientes condiciones:
  • Carta original del empleador dirigida al fondo en la que se informe la terminación del contrato de trabajo, nombre completo y número de documento de identidad.
  • Comunicación de aceptación de la renuncia, con membrete y firma original del empleador, en la que informe el nombre completo y número de documento de identidad.*
  • Soporte de la liquidación con membrete y firma original del empleador.*
  • Certificación laboral en la que conste el tiempo de inicio y finalización del contrato de trabajo (con firma original). *Este documento no se puede presentar en caso de retiro a través de las oficinas del Banco AV Villas.

Nota: Si la empresa está en proceso de liquidación, debe presentar una carta original firmada por el liquidador de la empresa y copia del certificado de Cámara y Comercio en el que conste el nombre del liquidador. Si la empresa se liquidó totalmente, es necesario que presentes los siguientes documentos:

  • Carta en la que se informe que no conoce la ubicación del empleador, fechas en las que laboró y exoneración al fondo de cualquier reclamación futura.
  • Certificado de Cámara y Comercio donde conste que la empresa se liquidó, o no se ha renovado la matrícula mercantil.

Por cambio a salario integral:

  • Carta original con firma del empleador en la cual se informe el cambio a salario integral y la fecha a partir de la cual inicia
  • Documento de identificación y fotocopia ampliada al 150 %.

Por sustitución patronal:

  • Comunicación escrita del antiguo empleador, en la cual informe que se dio una sustitución patronal y la fecha a partir de la cual inicia.
  • Documento de identificación y fotocopia ampliada al 150 %.

Por fallecimiento del afiliado:

Los beneficiarios deben presentar en las oficinas de Porvenir los documentos que se indican en el formulario de retiro de Cesantías por fallecimiento de afiliado.

Si es independiente:

Presentar los siguientes documentos para retirar las cesantías:

  • Documento de identificación.
  • Fotocopia de la cédula ampliada al 150 %.

En caso de querer destinar las cesantías para el pago de un crédito educativo con una entidad financiera, lo más recomendable es comunicarse con su fondo para que le indiquen los pasos a seguir en este caso.

En este caso le solicitarán:

  • Certificado que evidencie que el crédito se destinó a la Universidad
  • Certificado de crédito otorgado y estado de cuenta actual
  • Nombre e identificación del deudor
  • Saldo y valor del crédito
  • Liquidación del comprobante de pago
  • Cédula ampliada al 150 %
  • Nombre de quien se matricula
  • Valor de la matrícula y forma de pago
  • Nombre de la carrera, aclarando si es pregrado o posgrado
  • Nombre y NIT de la Universidad registrada ante el Ministerio de Educación