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Coronavirus: investigan a empresa por ofrecer pruebas rápidas no aprobadas

La Superintendencia de Industria y Comercio formuló cargos a Pro Enterprises Colombia Procol al comercializar los productos "de manera fraudulenta".

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29 de mayo de 2020 a las 7:28 a. m.
El Invima ha expresado que los elementos necesarios para diagnosticar el coronavirus en Colombia no pueden ser vendidos directamente a los consumidores .
El Invima ha expresado que los elementos necesarios para diagnosticar el coronavirus en Colombia no pueden ser vendidos directamente a los consumidores .

El pasado 4 de mayo el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, expidió una alerta sanitaria para que los colombianos identificaran a quienes estaban comercializando pruebas rápidas para covid-19 de forma fraudulenta. La entidad hizo un listado de siete productos que no cuentan con registro sanitario, ni con el visto bueno de importación a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior.

Pese a esto, algunas empresas continúan ofreciendo alternativas que no cuentan con la aprobación y por tanto la Superintendencia de Industria y Comercio ha comenzado a sancionarlas. Este viernes el turno fue para la empresa Pro Enterprises Colombia Procol S.A.S, la cual "presuntamente" ofrece y comercializa el producto ProMed Covid 19 Rapid Test.

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La autoridad le formuló pliego de cargos por "inobservancia de las órdenes impartidas, pues no acreditó el cumplimiento de la orden de cese de comercialización del mencionado producto, expedida por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor el pasado 19 de abril de 2020", dice un comunicado.

La SuperIndustria consideró que la empresa, al no remitir la información solicitada, obstaculizó el ejercicio de inspección y vigilancia y, por ende, puso en riesgo a los potenciales compradores de las pruebas.

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El Invima ha expresado que los elementos necesarios para diagnosticar el coronavirus en Colombia no pueden ser vendidos directamente a los consumidores porque son exclusivos de las instituciones de salud y el personal médico.

"De confirmarse la violación a las normas del Estatuto del Consumidor, esta Superintendencia podría imponer multas a la sociedad hasta por 2.000 SMLMV. Contra el acto administrativo de apertura de investigación no proceden recursos", concluyó la misiva.