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JEP imputa cargos contra militares por falsos positivos en el Catatumbo.
JEP imputa cargos contra militares por falsos positivos en el Catatumbo. | Foto: JEP

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Los 10 militares que fueron imputados por falsos positivos en la JEP

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó a un general del Ejército y a otros nueve militares por ejecuciones extrajudiciales entre 2007 y 2008.

7 de julio de 2021

El Caso 003 de falsos positivos, o como aclaró la Justicia Especial para la Paz que se llamará de ahora en adelante: asesinato y desaparición de personas presentadas como bajas en combate, dio su primer gran avance en el tribunal transicional con el anuncio de la imputación contra un general, nueve militares, entre oficiales y suboficiales, y un civil, dentro de la investigación por uno de los capítulos más oscuros de la guerra en el país: Norte de Santander, en especial El Catatumbo.

Esta imputación se da fruto de la sistematización de los informes judiciales de Fiscalía, Procuraduría y otras entidades y extrajudiciales que ha recibido el tribunal transicional. Para la mesa de la Sala de Reconocimiento de la JEP, estos asesinatos y desapariciones “no hubieran ocurrido sin la política institucional del Ejército de conteo de cuerpos, sin la política de incentivos y la constante presión que ejercieron los comandantes sobre sus subordinados para obtener muertos ‘en combate’, y sin la estigmatización de la población civil”.

Además, advirtió que esta imputación es solo la primera de seis que se estarán realizando en próximos días, y cuyos avances en las investigaciones han permitido llegar a la etapa de imputación de delitos. La JEP advirtió que continuará indagando la eventual participación de niveles superiores por acción u omisión en el patrón macrocriminal determinado.

Según la investigación, los informes y la sistematización en esta imputación que resulta histórica por la magnitud de los hechos, las críticas que se han hecho a la investigación de la JEP de parte especialmente del Centro Democrático, y por la gravedad que representa el asesinato de civiles a manos de quienes los debían proteger, los imputados son acusados “por su participación determinante en el asesinato de por lo menos 120 personas en estado de indefensión en el Catatumbo (Norte de Santander), presentadas como bajas en combate entre enero de 2007 y agosto de 2008, y así aumentar criminalmente las estadísticas oficiales de éxito militar”.

Los delitos que se le imputaron a estas 11 personas son los de crimen de guerra de homicidio en persona protegida y crímenes de lesa humanidad de asesinato y desaparición forzada, ante el ataque generalizado y sistemático contra la población civil.

Se trata de 11 imputados porque, como explica la JEP, eran los máximos responsables en la modalidad de liderazgo por haber dado órdenes sin las cuales las conductas criminales no hubieran tenido lugar de forma sistemática y generalizada. Sus nombres son: el brigadier general Paulino Coronado Gámez, quien fue el comandante de la Brigada 30; los coroneles Santiago Herrera Fajardo y Rubén Darío Castro Gómez, antiguos comandantes de la Brigada Móvil 15 (BRIM15).

También fueron imputados el teniente coronel Álvaro Diego Tamayo Hoyos, antiguo comandante del Batallón de Infantería No. 15 ‘General Francisco de Paula Santander’ (BISAN) de Ocaña, el teniente coronel Gabriel de Jesús Rincón Amado, exoficial de operaciones de la BRIM15 y el mayor Juan Carlos Chaparro Chaparro, excomandante del BISAN.

En el otro grupo de imputados, en este caso no por ser los máximos responsables, sino por haber “contribuido de manera amplia y efectiva en esas conductas de particular gravedad”, están el capitán Daladier Rivera Jácome y el sargento segundo Rafael Antonio Urbano Muñoz; así como al sargento segundo Sandro Mauricio Pérez Contreras, quien fue jefe de la sección de inteligencia del BISAN, al cabo primero Néstor Guillermo Gutiérrez Salazar, excomandante de escuadra en la BRIM15 y al tercero civil Alexander Carretero Díaz, quien trabajó como colaborador de las dos estructuras militares.

General Paulino Coronado: de acuerdo con la JEP, él fue comandante de la Brigada 30, adscrita a la Segunda División del Ejército del 27 de noviembre de 2006 hasta el el 29 de noviembre de 2008.

“Deliberadamente incumplió el deber de evitar la perpetración de los crímenes que en la presente providencia se han imputado a los demás comparecientes”, concluyó la JEP sobre el general cuando estaba en cabeza de la BRIM15 y de la BISAN.

“Coronado tenía el deber jurídico de impedir que los miembros de las unidades militares bajo su mando desaparecieran y asesinaran personas, o en otras palabras, que incurrieran en conductas constitutivas de crímenes de guerra o de lesa humanidad. La posición de garante de Coronado se fundamenta entonces, en primer lugar, en los deberes propios de los comandantes militares, según el DIH y el ordenamiento constitucional colombiano”, agregó.

Adicionalmente, el tribunal estima que ejercía presión a sus subalternos para que se incrementaran los resultados.

Cabo primero Sandro Mauricio Pérez: así mismo, la jurisdicción asegura que integrantes del Batallón de Infantería No. 15 ‘General Francisco de Paula Santander’ habrían sido los responsables de 44 crímenes de lesa humanidad, entre asesinatos y homicidios en persona protegida, dentro de los que Pérez fue imputado.

El militar habría acordado hacer parte de 25 falsos positivos, pero para la Sala sería responsable por la muerte de 47 víctimas.

Mayor Juan Carlos Chaparro: este integrante de la Plana Mayor de la BISAN en 2008 habría sido el encargado de ocultar los asesinatos que se conocieron dentro del grupo y supuestamente no cumplió con sus deberes de verificación.

Del mismo modo, la sala lo acusó de entregar información falsa y firmar documentos con los que se legalizaron supuestos resultados operacionales, que serían realmente de civiles asesinados, pues para la JEP son por lo menos siete misiones tácticas falsas.

Teniente coronel Álvaro Diego Tamayo: fue comandante de la BISAN entre el 22 de enero de 2007 y el 7 de noviembre de 2008.

El tribunal dice que: “Ejerció presión permanente para que la tropa bajo su mando aumentara las bajas reportadas; garantizó la obtención de insumos necesarios para que los miembros de las compañías encargadas de ejecutar a las víctimas contaran con armamento suficiente para realizar el encubrimiento de las muertes; creó el Gruloc Boyacá 22 con el fin de tener personal disponible para llevar a cabo las ejecuciones; y utilizó prácticas de amenaza para que el personal bajo su mando llevara a cabo algunos asesinatos”.

Cabo primero Néstor Guillermo Gutiérrez: en cuatro procesos diferentes, en la justicia ordinaria, aceptó cargos por la responsabilidad de “falsos positivos”, y ante la JEP aceptó haberle disparado a Diosemiro Chinchilla, Gerardo Quintero Jaimes, Álvaro Guerrero, Jesús Hermídez Quintana y una víctima identificada como N.N.

Sargento segundo Rafael Antonio Urbano: aceptó en una versión voluntaria haber engañado al menos a tres víctimas para que las llevaran al lugar donde fueron asesinadas.

Capitán Daladier Rivera Jácome: confesó en versión libre su actuación en 14 falsos positivos, pero la JEP lo imputó por al menos 42 acciones parecidas y por haber perseguido a un inocente, que finalmente pudo escaparse.

Antiguo oficial de operaciones Gabriel de Jesús Rincón: ya está condenado por seis ejecuciones extrajudiciales, pero la JEP podría probar que en realidad fueron 75 las víctimas.

Antiguo comandante Santiago Herrera Fajardo: estuvo al mando de la brigada entre septiembre de 2006 y diciembre de 2007, pero se podría probar su participación en 43 ejecuciones.

Coronel Rubén Darío Castro, antiguo miembro del Estado Mayor: en días pasados aceptó ante la JEP que fue responsable por un caso de falsos positivos, pero la JEP estima que sus víctimas son 59.

“Firmó documentos operacionales con los cuales se legalizó el asesinato de Gerardo Quintero Jaimes; no realizó las investigaciones respectivas al interior de la unidad ni denunció ante las autoridades competentes las irregularidades que se estaban presentando, una vez este las conoció; autorizó el pago de supuestas ‘recompensas’; y tampoco realizó los respectivos controles para evitar que estas situaciones irregulares siguieran ocurriendo”, dice el documento de la JEP.