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Votaciones en puente aranda discapacitados
Votaciones en puente aranda discapacitados | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

Elecciones 2022

¿Quién puede votar acompañado o recibir ayuda para ello?

El único documento que le será exigido a los votantes será la presentación de su cédula de ciudadanía.

13 de marzo de 2022

De cara a la jornada electoral que se lleva a cabo este domingo 13 de marzo, múltiples dudas surgen al interior del electorado sobre la mecánica para ejercer su derecho al voto y sobre los delitos electorales que, eventualmente, podrían tener lugar en el marco de la presente actividad.

En ese sentido, una de las preguntas que surge es ¿quién puede votar acompañado?, teniendo en cuenta que para algunos sectores de la población la estructura de los tarjetones empleados desde hace algunas elecciones, en las que el sistema se basa en logos de partido y números de candidato, ha generado algunas complicaciones para la cabal identificación del político de elección, situación que se suma a particularidades físicas que puedan interferir en el oportuno desplazamiento de los votantes.

En ese sentido, es importante apuntar que, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 163 de 1994, las personas mayores de 80 años tienen derecho a asistir acompañadas al cubículo de votación, si así lo desean, teniendo en cuenta que pueden requerir ayuda para sufragar.

De igual modo, podrán acudir acompañados a los lugares de votación aquellos electores que lo requieran a causa de algún tipo de limitación o dolencia que le impida valerse por sí mismo.

Dicha condición también implica que la persona que opera como ayudante o acompañante no viole su derecho al voto secreto, ni tampoco lo suplante en el ejercicio de la votación.

En casos en los que los votantes asistan acompañados al cubículo de votación, dicha solicitud debe ser explícita, y la persona que lo acompaña deberá ser alguien de su entera confianza; es decir, no puede ser alguien que hubiese conocido apenas en el puesto de votación.

Dicha condición de acompañante, o la asistencia al votante, no puede ser ejercida por jurados de votación.

En los casos en los que el elector presente algún tipo de discapacidad, que le impida alcanzar el cubículo de votación, este puede exigir a los responsables del punto de votación, que le sea suministrado un medio de apoyo que le faculte para poder marcar de manera óptima sus tarjetas electorales.

En referido artículo de la Ley 163 de 1994, también se aclara que “las autoridades electorales y de policía les prestarán toda la colaboración necesaria y darán prelación en el turno de votación a estas personas”.

Este domingo, según la Registraduría, 38´819.901 ciudadanos están habilitados para votar en más de 110.700 mesas de votación dispuestas a lo largo de toda la geografía nacional.

¿Es necesario presentar mi carné de vacunación anticovid para acudir a las urnas?

A través de sus redes sociales, la Registraduría General de la Nación, y de cara a la jornada electoral que se realiza este 13 de marzo para la elección de los nuevo miembros del Congreso de la República, para el periodo 2022-2026, dio a conocer que para la participación y acceso a los puntos de votación, no se exigirá el carné de votación anticovid.

La aclaración emitida por la Registraduría va encaminada a invitar a todos los colombianos habilitados para votar, para que asistan sin trabas a las urnas, a los comicios en los que se elegirán a lo nuevos congresistas, se votará por primera vez para elegir los representantes de las llamadas curules de paz, y además se adelantarán tres consultas de precandidatos presidenciales.

Pese a que no se exigirá el carné de vacunación para el ingreso a los lugares de votación, las autoridades sí han reiterado el llamado para que en el marco del proceso electoral se respete, por parte de los votantes y jurados de votación, todos los protocolos de bioseguridad dispuestos en el marco de la campaña de mitigación de la pandemia, tales como el distanciamiento físico, el lavado periódico de manos y el uso obligatorio y permanente de tapabocas.