Nación

Procurador General de la Nación hizo llamado a dar riguroso cumplimiento a las restricciones contempladas en la Ley de Garantías

Por medio de una comunicación se anunciaron las medidas que rigen en la nación para los próximos comicios.

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9 de noviembre de 2025, 12:30 a. m.
Presentación oficial del Procurador General de la Nación Gregorio Eljach Pacheco
Enero 16 de 2025
Procurador General de la Nación Gregorio Eljach Pacheco | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

Por medio de la Resolución número 10, el Procurador General de la Nación, Gregorio Eljach Pacheco hizo un llamado a dar riguroso cumplimiento a las restricciones contempladas en la Ley de Garantías, de cara a los procesos electorales de Congreso, presidente y vicepresidente de la República, para el periodo constitucional 2026–2030.

En primer lugar, el funcionario señaló que, de acuerdo con el artículo 40 de la Constitución Política, todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, el cual, entre otras formas, se hace efectivo ejerciendo el derecho a elegir y ser elegido.

Presentación oficial del Procurador General de la Nación Gregorio Eljach Pacheco
Enero 16 de 2025
El funcionario recordó que la comunicación se realiza de manera preventiva. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

Restricciones en las elecciones de Congreso de la República y de Presidente y Vicepresidente de la República

En este sentido, se emitió una serie de prohibiciones para los gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental y distrital, señalando que, durante los cuatro meses anteriores a las elecciones del Congreso de la República y las elecciones presidenciales, no podrán realizar las siguientes actividades:

  • Participar o promover reuniones de carácter proselitista, ni destinar recursos públicos de las entidades a su cargo o en las que participen como miembros de sus juntas directivas para su realización.
  • Inaugurar obras públicas o iniciar programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen voceros de los candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia o al Congreso de la República.
  • Autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas o para facilitar el alojamiento o el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular, o cuando participen voceros de los candidatos.
  • Modificar la nómina del respectivo ente territorial o entidad, salvo la excepción dispuesta en la normativa mencionada.
  • Celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos, salvo aquellos a suscribir entre la Nación y las entidades territoriales destinados a ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación.
Los partidos están formando coaliciones para las elecciones al Congreso de 2026, alianzas que les evitarían el riesgo de no pasar el umbral y perder su personería jurídica.
El país se alista para las elecciones del 2026. | Foto: GUILLERMO TORRES-SEMANA

En otro apartado de la resolución se emitieron las siguientes prohibiciones dirigidas a los servidores públicos:

  • Acosar, presionar o determinar de cualquier forma a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política.
  • Difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión y radio o imprenta pública, salvo lo autorizado en la ley.
  • Favorecer con promociones, bonificaciones o ascensos indebidos a quienes, dentro de la entidad a su cargo, participen en su misma causa o campaña política, sin perjuicio de los concursos que, en condiciones públicas de igualdad e imparcialidad, ofrezcan tales posibilidades a los servidores públicos.
  • Ofrecer algún tipo de beneficio directo, particular, inmediato o indebido para los ciudadanos o las comunidades, mediante obras o actuaciones de la administración pública, con el objeto de influir en la intención de voto.
  • Aducir razones de “buen servicio” para despedir funcionarios de carrera.

¿Desde cuándo se deben tener en cuenta las prohibiciones y normas señaladas en la resolución?

Por medio de la comunicación se indicó que estas restricciones aplican desde el 8 de noviembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026 y, de presentarse segunda vuelta, hasta el 21 de junio de 2026.