Vigilancia

“Controlar márgenes, fórmulas o algoritmos no es supervisión, es una forma indirecta de control de precios”: Consejo Gremial

Los empresarios han manifestado su preocupación en un documento en el que la Superintendencia de Industria y Comercio estaría formulando preguntas a algunas empresas que operan en el país.

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5 de febrero de 2026, 9:06 a. m.
El Consejo Gremial, que preside Natalia Gutiérrez, y la Andi, que lidera Bruce Mac Master, entre otros, han manifestado su preocupación por que la Superintendencia de Industria y Comercio, que encabeza Cielo Rusinque, está haciendo solicitudes a empresarios para conocer políticas de fijación de precios y descuentos.
El Consejo Gremial, que preside Natalia Gutiérrez, y la Andi, que lidera Bruce Mac Master, entre otros, han manifestado su preocupación por que la Superintendencia de Industria y Comercio, que encabeza Cielo Rusinque, está haciendo solicitudes a empresarios para conocer políticas de fijación de precios y descuentos. Foto: SEMANA

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) realizó una serie de solicitudes a empresarios de distintos sectores, con el objetivo de conocer información de los parámetros que usan las compañías para fijar sus precios y adoptar políticas de descuentos.

Superintendencia de Industria y Comercio
La Superintendencia de Industria y Comercio está pidiendo información a las compañías de los parámetros que usan para fijar sus precios y adoptar políticas de descuentos. Foto: Cortesía - Presidencia de la República

Esta medida de la entidad despertó la reacción de los empresarios. La presidenta del Consejo Gremial Nacional, Natalia Gutiérrez, hizo en su cuenta de X unas precisiones.

Ella afirmó que la Constitución es clara. “El Estado no puede coadministrar empresas privadas. El artículo 333 protege la libertad económica y la reserva comercial. Vigilar mercados nada tiene que ver con exigir cómo se fijan precios o márgenes”, manifestó.

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Añadió que “inspeccionar y vigilar no es acosar”. Gutiérrez señaló que el Estado puede investigar conductas ilegales concretas, pero no pedir de forma masiva y preventiva la lógica interna de precios “como si todas las empresas fueran sospechosas”.

Trabajadores operan maquinaria en planta de clasificación.
Aunque la SIC tiene la posibilidad de solicitar información a personas naturales o jurídicas, esta facultad la debe ejercer en los precisos términos que la ley establece, dice la Andi. Foto: Visión Circular ANDI

La presidenta del llamado ‘gremio de gremios’ dijo que perseguir abusos no es lo mismo que vigilar la rentabilidad. Sancionar prácticas anticompetitivas probadas es válido “y lo apoyamos”, agregó. “Pero fiscalizar cuánto gana una empresa o cómo adopta esta sus políticas de mercado, sin indicios de ilegalidad, no solo es riesgoso, sino que es inconstitucional”, manifestó Gutiérrez.

Añadió que cuando el regulador cruza esa línea, el mercado deja de ser libre. “Controlar márgenes, fórmulas o algoritmos no es supervisión, es una forma indirecta de control de precios”.

Para la dirigente gremial, la reserva comercial no es un privilegio. “Es una garantía constitucional. Obligar a revelar información estratégica sin proceso ni base legal debilita la seguridad jurídica y la confianza. El problema de Colombia no es que las empresas ganen. Es que el Estado no ejecute. Cuando el gobierno deja de corregir sus fallas y empieza a disciplinar al mercado, pierden el empleo, la inversión y el crecimiento”.

Advirtió que esto “no es ideología. Es Constitución. Defender la libertad de empresa no es defender abusos, es defender el marco que hace posible la inversión, la innovación y el empleo”.

Y puntualizó: “La reserva comercial no se negocia, es una garantía constitucional. Hoy se pide información, mañana se decidirán los precios de forma centralizada y pasado mañana no habrá empresas ni productividad”.

La Andi, a su turno, se pronunció y expresó “su profunda preocupación” frente al aparte del documento publicado por el Gobierno Nacional, relativo a una serie de preguntas que la Superintendencia de Industria y Comercio estaría realizando a algunas empresas que operan en el país.

La Andi expresó su preocupación por el alcance de solicitudes de información por parte de la SIC

“Aunque la SIC tiene la posibilidad de solicitar información a personas naturales o jurídicas, esta facultad la debe ejercer en los precisos términos que la ley establece. Excede las facultades de la superintendencia solicitar información sobre la estructura de costos, el margen de ganancia o, incluso, elementos de política comercial de una empresa, cuando dicha indagación no resulta ni pertinente ni conducente para el ejercicio de sus facultades legales”, dijo la Andi.

Aseguró que no existe norma que asigne a la SIC la competencia para inspeccionar, en sí mismos, aspectos como los márgenes de ganancia o el uso de tecnología por parte de las empresas. “La Andi reafirma que la protección del consumidor colombiano constituye un elemento esencial dentro de nuestro orden jurídico; sin embargo, su ejercicio debe realizarse de manera proporcional y bajo el estricto respeto de los demás derechos constitucionales y legales de los particulares”.

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Para el Consejo Gremial, el Estado no puede coadministrar empresas privadas. "El artículo 333 protege la libertad económica y la reserva comercial", dice. Foto: Getty Images

Y agregó: “Las facultades para solicitar información no son una carta en blanco en un Estado de derecho, en el que los derechos de los asociados, en especial el derecho al debido proceso administrativo, siempre han obrado como límite al poder del Estado”.


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