Recibimos un sector con más contratos y menos resultados. La tarea es invertir esa ecuación: ejecutar los recursos de conservación que están dormidos, recuperar la autoridad ambiental en el territorio frente a la deforestación y la minería criminal, devolver reglas claras y tiempos ciertos al licenciamiento y asegurar que cada peso de regalías ambientales llegue al proyecto que lo mereció por mérito técnico. El bosque no admite otro cuatrienio de espera”. Así resumió el nuevo ministro de Ambiente, Fabio Arjona, la situación en la que se encuentra el sector.

El Gobierno de Abelardo De La Espriella deberá revisar tanto la forma como el contenido de varias de las decisiones adoptadas por la administración anterior, en especial las relacionadas con el ordenamiento ambiental del territorio. “No se trata necesariamente de desmontar las políticas de protección ambiental, sino de asegurar que estas se hayan construido sobre bases técnicas sólidas, con participación efectiva de las comunidades y de los sectores potencialmente afectados”, dice Camila Jiménez, líder de la práctica de derecho ambiental en Baker McKenzie Colombia.
Para Camila del Villar, socia de Martínez Quintero Mendoza González Laguado & De La Rosa (MQMGL&D), el nuevo Gobierno debería realizar una revisión integral del régimen jurídico ambiental, orientada a identificar y corregir duplicidades regulatorias, vacíos normativos, vicios de nulidad e inconstitucionalidad de las normas expedidas, conflictos de competencia y las ineficiencias que actualmente se presentan en trámites y procedimientos administrativos.
Dos temas clave marcan la gestión en materia ambiental: las consultas previas y el licenciamiento, pero en especial hoy, cuando la soberanía energética está amenazada y hay controversia en materia de protección de los páramos. Y, por si fuera poco, el país se enfrenta a un fenómeno de El Niño que, por lo que se anticipa, será el más intenso de los últimos tiempos.
Lina Correa, directora de Derecho Ambiental de Pérez-Llorca Colombia, afirma que en materia de consulta previa se requieren plazos máximos para cada una de las etapas del proceso, criterios objetivos para la identificación de comunidades afectadas, un proceso claro en caso de que no se llegue a acuerdos con las comunidades o surjan comunidades sobrevinientes. “Esto implicaría la expedición de una ley estatutaria que a su vez debe ser objeto de consulta previa”.

Jiménez coincide: “Colombia necesita una ley estatutaria de consulta previa que defina plazos, competencias y alcances, y que fortalezca el papel del Estado como garante del proceso. La consulta previa debe enfocarse en su finalidad constitucional, que es generar un diálogo intercultural efectivo sobre los impactos de los proyectos y las medidas para manejarlos, sin convertirse en una fuente permanente de incertidumbre para la inversión”.
Frente al licenciamiento ambiental, Del Villar considera importante fortalecer las garantías en cabeza de los administrados cuando las autoridades ambientales no cumplen con los términos legales que prevé la ley para concluir cada una de las etapas de este trámite. “Es fundamental revisar la falta de articulación entre el trámite de licenciamiento ambiental y el proceso de consulta previa para que se permita el desarrollo de estos trámites de forma concomitante, sin que ello implique la pérdida de rigor en la evaluación ambiental ni mucho menos en la garantía del derecho de participación de las comunidades”.

Recuerda Correa que, en materia de licenciamiento ambiental, el Gobierno pasado abrió el camino para las licencias “exprés” con la Licencia Ambiental Eólica con Diseño Optimizado, que compromete a la Anla a expedir términos de referencia en 15 días y acortar los plazos de evaluación, y su análoga en el campo solar. “Estos procesos podrían ser replicados en otros proyectos”.
Para Iván Páez, director del área de medioambiente y derecho sostenible de Philippi Prietocarrizosa Ferrero Du & Uría (PPU), frente al futuro de la limitación de los páramos, el Ministerio de Ambiente deberá expedir una hoja de ruta metodológicamente clara y con fechas ciertas donde se incluya la revisión de lo ya realizado, se establezcan las fuentes técnicas y científicas que asesoren y emitan los correspondientes conceptos que permitan tener información confiable y sustentada para continuar con el proceso de reglamentación que culmine con unas directrices jurídicas y técnicas claras y precisas que permitan proteger y conservar el ecosistema de páramo, que garantice los servicios ecosistémicos y que promueva el uso sostenible de los recursos naturales renovables, incluyendo la variable del cambio climático, pero de la misma manera garantizando el desarrollo y promoción de las actividades productivas que ancestralmente se han venido impulsando en el territorio.

La delimitación de los páramos ha sido un tema de controversia jurídica. Como advierte Jiménez, la Corte Constitucional ha sido clara en señalar que estos procesos deben garantizar una participación amplia y efectiva de las comunidades y sectores afectados, así como acceso suficiente a la información. “Por ello, las delimitaciones que no hayan cumplido adecuadamente con estos estándares podrían ser cuestionadas por vulnerar derechos fundamentales y el debido proceso administrativo”.
Ante la pérdida de autosuficiencia energética, el tema central pasa por la reactivación de los contratos de exploración e iniciar la práctica del fracking, vedada en el gobierno anterior.
Según Del Villar, los proyectos estratégicos de gas y la discusión sobre el fracking deben analizarse desde una perspectiva técnica, ambiental y jurídica. “El punto de partida no debe ser la aceptación o rechazo automático de una tecnología, sino establecer cuáles son las condiciones regulatorias, ambientales y sociales necesarias para que, en caso de desarrollarse, estas actividades puedan adelantarse bajo criterios rigurosos de prevención, manejo y control de impactos ambientales, gestión de riesgos, monitoreo y seguimiento”.

Además, otra de las decisiones controvertidas del Gobierno anterior pasa por la incorporación de las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (Appa), por las competencias con los entes territoriales y las restricciones asociadas al uso del suelo, tema que será revisado por el nuevo Gobierno.
“En pronunciamientos, ha señalado que se derogarán las declaratorias de Appa efectuadas por el Gobierno saliente, motivo por el cual es probable que esta figura desaparezca del ordenamiento jurídico o se reestructure, de forma tal que responda a la necesidad de seguridad alimentaria para el país sin generar restricciones categóricas sobre el uso del suelo”, advierte Alejandra Gómez, de PPU.
