En un documento compartido por Caracol Radio se dio a conocer que el jefe jurídico de la Aerocivil, Farid Parra Caro, presentó su renuncia al cargo, por supuestas presiones para favorecer procesos en la entidad.
#ATENCIÓN | Renunció el jefe jurídico de la Aerocivil, Farid Parra Caro, en medio de presiones para favorecer decisiones dentro de la entidad. Fuentes aseguran que se negó a direccionar procesos y favorecer intereses del llamado “clan Torres”.
— ÚltimaHoraCaracol (@UltimaHoraCR) April 17, 2026
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En el documento se señala que por medio de carta en físico y por él firmada, dirigida y entregada al Director General (E), el funcionario Abogado Farid Stemberg Parra Caro, presentó renuncia irrevocable al cargo que ostenta en atención a motivos personales.

“Agradeciendo de antemano la oportunidad de trabajo y crecimiento personal y profesional brindada en esta prestigiosa entidad, presento ante usted y entrego personalmente mi renuncia irrevocable al cargo que ostento en titularidad”, señaló Parra.
Por medio del documento se destaca que la renuncia fue aceptada el día 14 de abril. Junto a esto, señalan que Parra se desempeñó como empleado jefe de Oficina Aeronáutica Código 14 Grado 29 de la Oficina Asesora Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en el que había sido nombrado mediante Resolución No. 04253 del 10 de diciembre de 2025.
La renuncia fue aceptada por Luis Alfonso Martínez, Director General (E), el cual señala en el documento que se debe comunicar la decisión a los grupos Liquidación de Prestaciones y Nómina, Historias Laborales y Seguridad y Salud en el Trabajo, Provisión de Empleos de Carrera Administrativa y a la Oficina Asesora Jurídica.

Marco legal para la renuncia
La resolución 01222 señala que la denuncia se da al cumplir los parámetros establecidos para dicho fin, en el cual se destaca que la misma se debe producir por escrito con el objetivo de determinar el momento en el cual se hará efectiva la misma.

“La renuncia se produce cuando el empleado manifiesta por escrito, de forma espontánea e inequívoca, su decisión de separarse del servicio. Presentada la renuncia, su aceptación por la autoridad competente se producirá por escrito, y en el acto administrativo correspondiente deberá determinarse la fecha en que se hará efectiva, que no podrá ser posterior a treinta (30) días de su presentación”, puntualizó la Aerocivil.
