Pensiones

Colpensiones pide a la Corte Constitucional extender la entrada en vigencia de la reforma pensional, hasta el 1° de abril de 2028

Un año más de lo que había establecido el fallo es lo que pide la entidad ante el “titánico desafío”. No había expectativa por una solicitud así. Estas son las razones que argumenta.

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22 de septiembre de 2026 a las 6:35 p. m.
Según expresa Colpensiones en la carta enviada a los magistrados de la Corte, “el desafío operativo es titánico”.
Según expresa Colpensiones en la carta enviada a los magistrados de la Corte, “el desafío operativo es titánico”. Foto: Colprensa

A las 3:40 de la tarde de este martes 22 de septiembre llegó una carta a los despachos de la Corte Constitucional, dirigida a sus magistrados.

El asunto de la misiva, con la firma del representante legal del nuevo presidente de Colpensiones, sorprendió, pero muchos la empiezan a ver como responsable: “Solicitud excepcional de modulación de los efectos temporales de la Sentencia C-264 de 2026 respecto de la entrada en vigencia de la Ley 2381 de 2024”.

En el desarrollo del documento se evidencia que están pidiendo extender la entrada en vigencia de la reforma pensional hasta abril de 2028, un año más. Según el fallo de la Corte, la fecha prevista para dicha misión era el 1 de abril de 2027.

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El argumento expuesto en la carta que Colpensiones hizo llegar a los magistrados es que una modulación como la solicitada “permitiría salvaguardar principios esenciales como la seguridad jurídica, la confianza legítima y la estabilidad del sistema de seguridad social, evitando que una eventual declaratoria de inexequibilidad inmediata genere vacíos normativos o traumatismos operativos que terminen por incidir en las expectativas legítimas y el mínimo vital de los afiliados”.

Que todo se haga de manera ordenada

De acuerdo con lo expresado por el representante legal de Colpensiones, Diego Alejandro Urrego, “la modulación se erige así, no como una excepción al control de constitucionalidad, sino como una manifestación del juicio prudencial del alto tribunal, asegurando que los ajustes institucionales y legislativos se adelanten de manera ordenada y sin comprometer el bienestar material de los ciudadanos en situación de vejez o vulnerabilidad”. En otras palabras, están pidiendo tiempo para implementar de manera adecuada las normas que contempla la reforma pensional.

Corte Constitucional aprobó la esencia de la reforma pensional del gobierno Petro
Pensiones. Foto: Corte Constitucional aprobó la esencia de la reforma pensional del gobierno Petro

La pensional es un fuerte cambio

Desde la perspectiva de la parte jurídica de la entidad que maneja el régimen público de pensiones, conocido como de prima media, poner en marcha la reforma pensional no es algo sencillo:

“Introduce un cambio estructural sin precedentes en el sistema de seguridad social colombiano, cuya implementación exige un despliegue técnico, administrativo, financiero y tecnológico de una magnitud monumental”.

En consecuencia, habría complejidad en el nuevo sistema y que requiere tiempo para ser implementado. Para argumentar esa posición, en la carta de Colpensiones se expresa, por ejemplo, lo que se requiere para articular de manera simultánea los pilares solidario, semicontributivo, de prima media y contributivo de capitalización. Dicha articulación “no recae de forma exclusiva sobre la administración de Colpensiones, sino que compromete de manera sistémica a todos los actores involucrados: las administradoras de fondos de pensiones privadas, las entidades públicas de recaudo, las oficinas de talento humano del sector público y privado, las redes financieras y los propios órganos de control”, argumenta la entidad adscrita al Ministerio de Trabajo.

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De igual manera, el representante legal de Colpensiones recuerda que se requieren procesos de integración de bases de datos, homologación de historias laborales y traslado masivo de afiliados. Por lo tanto, “cuando la capacidad institucional y operativa de los agentes encargados de ejecutar una política pública de esta envergadura se ve superada por los plazos, se abre la puerta a la configuración de un estado de cosas inconstitucional”.

Un desafío titánico

Según expresa Colpensiones en la carta enviada a los magistrados de la Corte, “el desafío operativo es titánico”.

Implicará recibir muchos cotizantes provenientes del pilar contributivo hasta el umbral establecido (2,3 salarios mínimos), gestionar el componente de ahorro individual administrado, y articularse con el nuevo esquema de pilares complementarios.

Así las cosas, lo que trata de proteger Colpensiones, según argumenta en el documento, es a los pensionados actuales y futuros, quienes verían amenazada la efectividad de sus derechos fundamentales por colapsos transitorios o prolongados en la gestión institucional: “La afectación se extiende simétricamente a los demás actores del sistema”.