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Foto: Guillermo Torres / Semana | Foto: Guillermo Torres

PENSIONES

Congreso hunde artículo que avalaba el traslado exprés desde fondos privados de pensiones a Colpensiones

La propuesta buscaba que personas mayores de 47 años, en el caso de las mujeres, y de 52 años, en el de los hombres, pudieran pasarse de las AFP a Colpensiones, pero según las reglas actuales, solo se puede solicitar el traslado 10 años antes de cumplir la edad para pensionarse.

20 de octubre de 2021

Con una proposición de eliminación -firmada por muchos parlamentarios-, en el Senado de la República se borró del proyecto de ley de Presupuesto General 2022 el traslado exprés desde los fondos privados de pensiones hacia Colpensiones.

La Cámara de Representantes le siguió los pasos al Senado, pese a que -previamente- fue negada la propuesta de hundir esa alternativa.

Los representantes a la Cámara primero pasaron a otros artículos del proyecto legislativo presupuestal que faltaban y pospusieron el debate y votación a la idea de que unos 19.000 colombianos pasaran de manera rápida de las AFP a Colpensiones. Sin embargo, al final se hundió también la medida.

La propuesta que se hundió en las dos cámaras del Congreso buscaba pasar a los cotizantes inconformes con su aseguramiento en los fondos privados (AFP) a Colpensiones, sin el lleno de los requisitos actuales, vigentes en la normatividad colombiana.

En el artículo se dejaba una ventana para que personas mayores de 47 años, en el caso de las mujeres, y de 52 años, en el de los hombres, pudieran pasarse a Colpensiones. Según las reglas actuales, solo se puede solicitar el traslado 10 años antes de cumplir la edad para pensionarse.

Durante la sustentación del traslado exprés, que además, ha sido objeto de varios proyectos de ley distintos al proyecto de presupuesto, se habló de la medida como un acto de justicia con los colombianos que dicen haber tomado mal la decisión de aportar para su vejez en un fondo privado. Poder corregir ese error fue un derecho que se puso en el tapete del debate, en defensa del artículo.

Entre tanto, en el lado opuesto, se sustentó la medida como benéfica solo para las pensiones altas, que, por demás, son altamente subsidiadas en el régimen público que maneja Colpensiones, donde -además- los recursos con los que se financian las pensiones, son aportados por los colombianos a través de los impuestos.

Un tema que sacaron a relucir algunos de los parlamentarios que le hacen oposición al Gobierno fue el de la posición (indecisa) del Ministerio de Hacienda, en donde se han realizado varios cálculos relacionados con el costo, a futuro, que hubiera tenido el paso de aportantes a pensiones, desde las AFP a Colpensiones. Minhacienda, desde un comienzo, dijo que no respaldaba el traslado exprés, pero luego, para el primer debate del proyecto de presupuesto 2022, cambió de parecer.

Al final, el artículo fue hundido por mayoría de votos, además, poniendo de presente que los temas pensionales aprobados en leyes ordinarias, no son de buen recibo en la Corte Constitucional, donde revisan la exequibilidad o inexequibilidad de estas medidas.

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