El Ministerio de Hacienda está corriendo con la elaboración de las normas, particularmente, las que derogan medidas adoptadas por la pasada administración del país, que consideran contraproducentes.
Es el caso del decreto que ponía un límite a las inversiones que pueden hacer los fondos privados de pensiones-AFP en el exterior, lo que, en su momento generó polémica, porque estas administradoras de los recursos de los colombianos para su vejez, tienen el deber de hacer rendir dichos dineros.
Ahora el Ministerio de Hacienda despapó el borrador de decreto, al cual, se refirió el presidente de Asofondos, Andrés Velasco.
Según el directivo del gremio de fondos privados, la norma limitaba la diversificación de las inversiones, lo que, a su vez, iba en contravía de la rentabilidad de los dineros de los ciudadanos que ahorran para su vejez en las AFP.

El proyecto de decreto, que está colgado para comentarios del público, solo tiene dos artículos, uno que deroga la medida y otro relacionado con la entrada en vigencia.
Ya que la norma que se pretende derogar impone un límite de hasta el 30 % a la inversión en activos en el exterior, al conjunto de los cuatro tipos de fondos de pensiones obligatorias administrados por las AFP; el proyecto de decreto expone otro punto de vista.
En el considerando, argumenta que “en el marco de la política pública en materia de inversión de los recursos de la seguridad social, resulta indispensable garantizar una adecuada gestión de los recursos administrados en los fondos de pensiones obligatorias bajo criterios de rentabilidad, liquidez y seguridad”.
De esa manera, considera que, en busca de rentabilidad, “se requiere que las inversiones generen beneficios económicos suficientes para preservar y aumentar el valor real del ahorro, asegurando la cobertura futura de las obligaciones pensionales”.
Adicionalmente, el borrador de decreto sostiene razones relacionadas con la liquidez. Allí, afirma que “es indispensable que los activos mantengan condiciones que permitan su disposición inmediata o en plazos razonables, de forma que se atiendan oportunamente las prestaciones y compromisos del sistema pensional”.
Y, por último, Finalmente, respecto de la seguridad, la gestión debe estar orientada a minimizar riesgos mediante prácticas prudenciales, diversificación de portafolios y cumplimiento estricto de la normativa vigente, con el propósito de proteger el capital y garantizar la estabilidad del régimen pensional
