Home

Nación

Artículo

El coronel José Javier Vivas y el teniente coronel Nelson de Jesús Arévalo. | Foto: Guillermo Torres

Nación

Caso grafitero | Condenan a 20 años de prisión a coronel de la Policía

El excomandante de la Estación de Policía de Suba fue sentenciado por ordenar la manipulación de la escena del crimen para desviar la investigación por la muerte de Diego Felipe Becerra Lizarazo.

6 de abril de 2022

En fallo de segunda instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó a 20 años y cinco meses de prisión al coronel (r) Nelson de Jesús Arévalo, excomandante de la Estación de Policía de Suba, por su responsabilidad en la manipulación de la escena del crimen para desviar la investigación que se adelantaba por la muerte del joven Diego Felipe Becerra Lizarazo, registrada el 19 de agosto de 2011 en el noroccidente de la ciudad.

Tras negar los recursos de nulidad presentados, la Sala Penal determinó que existía evidencia suficiente para sentenciar al oficial en retiro por los delitos de favorecimiento en homicidio agravado y fabricación, porte y tenencia de armas, esto al tener conocimiento, desde el principio, de la obtención de un arma de fuego con el fin de acusar a Becerra Lizarazo de amenazar al patrullero Wílmer Antonio Alarcón. Según esa versión, el uniformado, en defensa propia, le habría disparado al joven al sentir su vida e integridad amenazadas.

Para el magistrado, la defensa del coronel Nelson de Jesús Arévalo no pudo demostrar la existencia de yerros en la investigación de la Fiscalía, en el entendido de que nunca dio instrucciones o tuvo conocimiento de la búsqueda de un arma de fuego y la ubicación predeterminada en el lugar donde el menor de edad había sido atacado por el patrullero Alarcón. En realidad, con esta acción se buscaba desviar la investigación y vincular a Diego Felipe Becerra con un acto delictivo, “intentando así salvar a Alarcón”.

“Reafirma la responsabilidad de los reseñados por el delito de favorecimiento en homicidio”, precisó el magistrado en la lectura del fallo de segunda instancia. Según la acusación hecha por la Fiscalía General, el coronel Arévalo llegó cerca de la medianoche a la calle 116 con Avenida Suba, habló con varios agentes de la institución, dio instrucciones y se comunicó con sus superiores.

Desde el primer momento se dio la instrucción de “unificar la versión” para que se señalara a Diego Fernando Becerra Lizarazo de haber participado en el robo a un bus de servicio urbano que transitaba por el puente de la Avenida Suba con 116, aduciendo que el patrullero Alarcón había llegado al sector para atender la situación. La versión indicaba que, supuestamente, y en un acto de legítima defensa, el uniformado le disparó al joven de 16 años de edad al sentirse amenazado por un arma de fuego.

Por un error en la tipificación en el fallo emitido en octubre pasado por un juez de conocimiento se determinó que “no se advierten motivos que permitan apartarse de la pena máxima del primer cuarto medio sin justificar argumentativamente el porqué de tal determinación o por qué no se partió del índice inferior de ese ámbito de movilidad porque entre los dos extremos del incremento es sensible y demanda justificación”.

Debido a esto, y con el fin de proteger el debido proceso y el derecho a la defensa, el Tribunal tuvo que modificar el primer fallo, reduciendo la pena impuesta “estableciéndola en el mínimo del primer cuarto medio por el punible de fabricación, tráfico y porte de armas a 234 meses y un día de prisión, que conforme a lo fijado en primera instancia se sumarán doce meses por el concurso de favorecimiento, lo cual arroja un consolidado de 246 meses de prisión e inhabilitación para el derecho a funciones públicas”.

En el caso del patrullero Wílmer Antonio Alarcón (quien ya cumple una condena de 37 años de prisión), la Sala determinó que existen méritos suficientes para dejar en firme su sentencia por los delitos de fraude procesal; fabricación, porte y tenencia de armas de fuego agravado, y favorecimiento en homicidio. “No hay nada que corregir”, precisó.

Frente al caso del abogado Héctor Hernando Ruiz Echavarría –quien fue señalado de planear la obtención de arma y la ubicación predeterminada de la pistola en la escena del crimen–, se determinó que deberá pagar una condena de 19 años y cinco meses de prisión.

La Sala dejó en firme el aparte que absolvió a los coroneles José Javier Vivas y John Harbey Peña al determinar que existieron pruebas que los vincularan directa o indirectamente con la manipulación de la escena del crimen. Igualmente, se determinó la preclusión de la investigación al conductor del bus de servicio público, Jorge Narváez, y su esposa Nubia Mahecha.

La Fiscalía General anunció que presentará el recurso de casación. El mismo anuncio lo hicieron los abogados de los policías condenados.