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Corte Constitucional le ordenó a la JEP proteger la vida de alias Sonia, la exguerrillera de las Farc. Estos son los motivos

Esto después de documentar que tuvo que desplazarse por las amenazas de las disidencias.

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10 de julio de 2025, 6:14 p. m.
Los excomandante de la guerrilla de las Farc reconocerán su participación en el caso de secuestro.
Los excomandantes de la guerrilla de las Farc reconocerán su participación en el caso de secuestro. | Foto: JEP

La Corte Constitucional emitió una orden urgente con el fin que se proteja la vida e integridad de alias Sonia, la exintegrante de la guerrilla de las Farc.

Esto después de que documentara que había tenido que salir del lugar donde vivía junto a su hija, menor de edad, por las amenazas de las disidencias.

El alto tribunal amparó los derechos fundamentales a la vida, la integridad y la seguridad personal de alias Sonia.

En la decisión, con ponencia del magistrado Vladimir Fernández, se rechazaron los argumentos esgrimidos por la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP que consideró, en su momento, que el desplazamiento había sido producto de un caso de violencia intrafamiliar.

“La Corte concluyó que la situación de riesgo en que Sonia se encuentra se derivó de su participación en el marco del Caso No. 07 (que hace referencia al reclutamiento forzado y utilización de niñas y niños en el conflicto armado)″, señaló el alto tribunal.

Por esto, se ordenó reubicar a alias Sonia y realizar una nueva evaluación del riesgo en la que, especialmente, se aplique un enfoque de género e interseccional.

Los excomandante de la guerrilla de las Farc reconocerán su participación en el caso de secuestro.
Los excomandante de la guerrilla de las Farc reconocerán su participación en el caso de secuestro. | Foto: JEP

En la petición, la exguerrillera aseveró que fue víctima de violencia física, psicológica y sexual por parte de su expareja sentimental, quien la amenazaba con entregarla a las disidencias de las Farc si se llevaba a la hija que tienen en común.

El primero de junio de 2024 —reseñó— un grupo de cuatro hombres armados, que se identificaron como miembros de las disidencias, se presentaron en su casa y le dieron un plazo de dos horas para abandonar la región, de lo contrario, la matarían.

“Los sujetos le indicaron que era informante de la JEP y que participaba en los eventos que la jurisdicción llevaba a cabo. Debido a ello, Sonia huyó junto con su hija de cuatro años y envió a sus otros dos hijos menores de edad a vivir con su papá. Actualmente, la actora y su hija menor se encuentran escondidas”, reseñó la Corte Constitucional.

En el análisis jurídico, el alto tribunal concluyó que la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP había empleado un “lenguaje revictimizante” cuando resolvió la petición de alias Sonia.

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“Con base en las consideraciones expuestas, la Corte Constitucional concluyó que la inadmisión en el programa de protección a cargo de la UIA desconoce los derechos a la vida, a la integridad y a la seguridad personal”, aclaró.

Igualmente, se “destacó la voluntad, disposición y valentía de Sonia en contribuir al esclarecimiento de la verdad y la realización de justicia. En esa línea, se ordenó dejar sin efectos las resoluciones en las que la UIA inadmitió a la actora en el programa de protección y declaró extemporáneo el recurso de reposición. Asimismo, la Corte ordenó reubicar a la accionante, realizar una nueva evaluación del riesgo y garantizar la continuidad del acompañamiento psicosocial”.

Finalmente, le ordenó a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP realizar la evaluación con la aplicación de un enfoque de género teniendo en cuenta su condición de madre cabeza de familia, su condición económica, y su condición de víctima de reclutamiento forzado, violencia sexual, violencia intrafamiliar, desplazamiento y amenaza.

“Ordenar a la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de Hechos y Conductas de la JEP que, por medio del Departamento de Atención a Víctimas de la Secretaría Ejecutiva de la JEP, garantice la continuidad del acompañamiento psicosocial a la accionante”, ordenó la Corte Constitucional.