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Los jurados de votación son imprescindibles para que la jornada electoral se lleve a cabo. | Foto: Liliana Rincón

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Elecciones 2022 | Jurados no podrán hacer uso de dispositivos móviles durante la jornada

La jornada electoral se desarrolla desde las 8:00 a. m. y finalizará a las 4:00 p. m.

19 de junio de 2022

Este domingo 19 de junio se lleva a cabo la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en Colombia. Los ciudadanos acudirán durante la jornada a los puestos de votación distribuidos en todo el territorio nacional para ejercer su derecho al sufragio.

A través de su cuenta de Twitter, la Registraduría Nacional del Estado Civil publicó un hilo con aclaraciones respecto a la jornada electoral. En primer lugar, informó que el mensaje de texto que está circulando en dispositivos móviles con la consigna “los jurados tomarán la foto al E-14 antes de desprenderlo y el delegado de puesto indicará el número de WhatsApp al cual se la deben enviar” corresponde a información falsa.

En ese sentido, indicó que los jurados de votación pueden tomar fotos de los E-14 una vez los hayan diligenciado, pero no están en la obligación de enviarlas por WhatsApp. El delegado de puesto no les dará ningún número de WhatsApp ni les pedirá hacer el envío de dichas fotografías.

Así mismo, la Registraduría advirtió que durante la jornada electoral, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., los jurados de votación no podrán hacer uso de sus dispositivos móviles.

¿Cuáles son las sanciones por no asistir como jurado de votación?

El ente encargado de organizar y dirigir las elecciones comunicó que la Procuraduría, para la jornada electoral, tendrá a su disposición a más de 9.000 funcionarios del Ministerio Público, quienes realizarán una vigilancia preventiva con el fin de que se registren votaciones transparentes.

De igual manera, uno de los roles más importantes durante estas elecciones es el de los jurados de votación.

Las personas elegidas como jurados de votación son las encargadas de permitirle al ciudadano efectuar su ejercicio y derecho constitucional de sufragio. Al estar en las urnas, estos sujetos atienden a las personas, manejan el material de votación, diligencian formularios, vigilan las urnas y hacen el conteo de cada voto.

La Registraduría dice que suelen ser asignados seis jurados por cada mesa, tres principales y tres suplentes. Además, al comienzo de la jornada todos deben estar presentes, ver las condiciones de los kits electorales y, al finalizar, encargarse de quizá lo más importante: la consignación numérica del sufragio por cada candidato en los formularios E14.

La elección de estos ciudadanos se efectúa mediante un software de la entidad del Estado que se nutre con “las listas de ciudadanos que remiten las empresas públicas y privadas, las instituciones educativas y los partidos y movimientos políticos”.

En ese sentido, los jurados de votación son imprescindibles para que la jornada electoral se lleve a cabo. Durante este 19 de junio, los ciudadanos que asumen este rol son los mismos y otros más de las pasadas elecciones del 29 de mayo. Cada uno recibió una capacitación y, por ende, tienen la responsabilidad de asistir a los puntos convocados.

No obstante, hay quienes suelen no acatar la normativa e incumplir con las funciones establecidas. Al no hacer acto de presencia en los puntos de votación, los más de 700.000 ciudadanos elegidos como jurados de votación serán sancionados.

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¿Qué pasa si no se asiste a las urnas siendo jurado de votación?

En primer lugar, es necesario precisar que teniendo en cuenta el artículo 105 del Código Electoral, el puesto de jurado de votación es de ‘forzosa aceptación’. En efecto, asistir a las capacitaciones y, en este caso, a los lugares de sufragio, es necesario.

Si esto no pasa, los organismos de control de Colombia han determinado establecer multas. De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 163 de 1994, las personas que sin justa causa no ejercen su responsabilidad de jurado de elecciones o abandonen el cargo tienen consecuencias sancionatorias, como: la persona podría ser destituida de su trabajo, si es funcionario público. Pero si no lo es y busca una oportunidad laboral en este sector, su proceso se podría ver afectado.

Sumado a lo anterior, hay sanciones que tienen que ver con el ámbito económico. En este caso, la ley indica que quienes no acaten su rol podrían tener una multa de hasta diez salarios mínimos mensuales vigentes, un equivalente a 10.000.000 de pesos.

Si el ciudadano no consigna la suma determinada, según la sanción, se le podría abrir un proceso judicial.

Excepciones para no asistir como jurado de votación

Un ciudadano puede quedar exonerado de sus funciones como jurado de votación por causales como:

  • Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo.
  • Muerte de alguna de las personas anteriormente mencionadas, ocurrida el mismo día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores a las mismas.
  • No ser residente en el lugar donde fue designado para ser jurado.
  • Ser menor de 18 años.
  • Haberse inscrito para votar en otro municipio.