El Ministerio de Salud emitió en los últimos días la resolución 971 de 2021, que estableció los lineamientos para garantizar que se cumpla con el derecho a morir dignamente. Uno de los aspectos más importantes es el de la objeción de conciencia, un derecho que tienen los trabajadores para no realizar ciertos procedimientos.

De acuerdo con el documento, el Gobierno lo respeta cuando se trata del médico que adelantaría el procedimiento. Es decir, nadie puede verse obligado a practicar una eutanasia si siente que va en contra de sus principios, valores y creencias.
“La objeción de conciencia debe ser expresada de manera previa al conocimiento de la solicitud y solo puede ser alegada por el médico que tiene el deber de realizar el procedimiento eutanásico”, dice el artículo 16.

El acto administrativo hace algunas claridades al respecto. Por una parte, señala que la objeción de conciencia no puede ser alegada por las personas que están relacionadas con el cuidado del final de la vida o que atienden las solicitudes, ni tampoco por las instituciones prestadoras de salud (IPS).
De hecho, cualquier médico o médica podrá recibir una solicitud de eutanasia, algo que no es exclusivo de los tratantes o de la especialidad del diagnóstico que motiva a la persona a buscarla. Es un trámite más, el primero, previo al posible procedimiento.

Según explicó Mónica Giraldo, directora de la fundación Pro Derecho a Morir Dignamente, el médico receptor debe explicarle al paciente sus derechos. Además, debe registrar la solicitud ante el Ministerio de Salud y llamar a la IPS o EPS para que se conforme un comité de muerte digna.
“Las Instituciones prestadoras de Salud (IPS) que tengan habilitado el servicio de hospitalización de mediana o alta complejidad para hospitalización oncológica, de atención institucional o domiciliaria para paciente crónico, que cuente con protocolos de manejo para el cuidado paliativo, conformarán al interior de cada entidad un comité científico-interdiciplinario para el Derecho a morir con Dignidad a través de la Eutanasia”, dice la resolución.

Para Giraldo, se trata de una resolución garantista, que no es nueva, porque en 2015 el Ministerio de Salud emitió la primera al respecto, después de más de diez años de silencio del Congreso. No obstante, el nuevo acto administrativo busca ponerle límites a las barreras identificadas en el proceso.
Aunque se sabe que es un tema espinoso y que la muerte siempre genera polémicas, también tiene claro que en Colombia cada persona tiene la libertad de tener las creencias y valores que quiera. Por eso, insiste en que al encontrarse en un Estado Social de Derecho, las personas tienen derecho a vivir y a morir dignamente, por lo cual pueden acceder a un derecho libremente, sin afectar a los demás.
“Hablar desde el privilegio que yo tengo de ser una persona saludable, de no encontrarme en una situación de final de vida, de no estar enfrentando una enfermedad con un intenso sufrimiento, dolor, no solo físico, moral, social, no me da derecho a hablar por esa persona que está teniendo tanto sufrimiento y dolor y decirle que no puede tomar decisiones sobre el final de su vida”, sostuvo Giraldo.
