Cero y van dos. Este martes 22 de septiembre, el Ministerio de Defensa fue notificado de un nuevo fallo judicial que ordenó suspender provisionalmente la aspersión aérea con glufosinato de amonio en el departamento del Putumayo.

En la decisión, el juzgado segundo administrativo de circuito de Mocoa amparó como mecanismo transitorio los derechos fundamentales a la vida, salud, debido proceso ambiental, participación ciudadana, acceso a la información pública ambiental, agua e integridad personal.
El juzgado ordenó, además, a los ministerios de Justicia y Defensa, así como a la Policía Nacional y a la Dirección de Antinarcóticos, abstenerse de “iniciar, continuar o ejecutar” el mencionado “plan piloto” de aspersión aérea con glufosinato de amonio.

En este sentido, se señala que dicho plan se suspenderá provisionalmente hasta que no se entreguen una serie de elementos relacionados con el agente químico detallado en la Resolución 7 de 2026.
Esto, “mientras no se acredite de manera integral, verificable y suficiente el cumplimiento de las condiciones constitucionales, legales, ambientales, sanitarias, participativas y de consulta previa” que establecen la Constitución Política y la legislación.
“Advertir que la suspensión aquí ordenada tiene carácter estrictamente temporal y preventivo, y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad, conveniencia o constitucionalidad de la política estatal de erradicación de cultivos ilícitos”, señala el resuelve e la decisión.
