Desde el pasado lunes 6 de septiembre la Alcaldía de Medellín informó que empezó a regir nuevamente la rotación del pico y placa en la ciudad, una norma que había estado suspendida por efectos de la pandemia de coronavirus.
De esta manera, la rotación será cada dos semanas, de lunes a viernes, entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m., de acuerdo con el último dígito de la placa.

La ciudad de la eterna primavera y los demás municipios del Valle de Aburrá retomaron el pico y placa para carros particulares y, como ya es bien sabido, quienes infrinjan la norma deberán pagar una multa.
Durante las dos primeras semanas, la medida fue pedagógica, es decir que desde el pasado lunes 20 de septiembre empezó el periodo sancionatorio, que como se sabe es una multa de 15 SMDLV, la cual equivale a $447.555 y la inmovilización del vehículo.
En el caso de las motocicletas de dos y cuatro tiempos, la Alcaldía señaló que la restricción comenzó desde el pasado lunes 4 de octubre y se aplicará en los mismos días y horarios, de acuerdo con el primer dígito de la placa. Para este viernes aplica para las placas terminadas en 3.
Para este tipo de vehículos también hubo dos semanas pedagógicas donde la policía impartió multas de carácter preventivo, es decir, que el periodo en el que se empezó a comenzar inició desde el pasado 18 de octubre.
Pago para evitar el pico y placa
El director del Área Metropolitana del Valle de Aburrá dejó abierta la posibilidad de que se pueda pagar para evitar el pico y placa, como sucede en la capital del país; sin embargo, todavía es un tema que está por analizarse, pues dependería de temas como la tecnología del vehículo y el modelo.
Se espera que con el regreso del pico y placa haya una disminución del tráfico entre un diez y un siete por ciento, una cifra que no tiene tampoco muchas repercusión en la mejora del aire de la ciudad, uno de los más contaminados del país.

Las excepciones
Sobre las excepciones a la medida, el secretario de Movilidad, Carlos Mario Mejía, aseguró que “estarán exentos los vehículos eléctricos e híbridos y los que usen gas natural comprimido vehicular, los que atiendan emergencias o situaciones médicas, vehículos de transporte especial, de transporte de alimentos, los destinados a la entrega de domicilios y mensajería, de carga y los destinados a la prestación de servicios públicos, entre otros. Estos detalles se pueden consultar en el Decreto 0730 de 2021″.
La Alcaldía informó que para las causales de exención que requieren inscripción previa las solicitudes se deberán presentar a través de www.medellin.gov.co y el periodo de vigencia se contabilizará desde la fecha de la autorización emitida por la Secretaría de Movilidad.
Asimismo, hay vías en las que no regirá esta medida: el Sistema Vial del Río (Autopista Sur, Avenida Regional y Avenida Paralela), Avenida Las Palmas, Avenida 33 desde el Río hasta su conexión con Las Palmas, laterales de la quebrada La Iguana (entre carreras 63 y 80), calzada norte (sentido oriente-occidente) del Puente Horacio Toro, entre los lazos que permiten hacer el retorno al sur. La restricción vehicular no aplicará en los corregimientos de Medellín.
