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Por no aportar a la verdad, fue expulsado de la JEP el teniente coronel José Pastor Ruiz

La decisión se fundamentó en la negativa del alto oficial a reconocer la verdad judicial establecida en sentencias condenatorias ejecutoriadas y la falta de aportes.

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9 de junio de 2026 a las 11:36 a. m.
El teniente coronel (r) José Pastor Ruiz Mahecha, fue expulsado de la JEP por no aportar a la verdad. Esta señalado de participar en falsos positivos.
El teniente coronel (r) José Pastor Ruiz Mahecha, fue expulsado de la JEP por no aportar a la verdad. Esta señalado de participar en falsos positivos. Foto: Colprensa

Por incumplir gravemente el régimen de condicionalidad, la JEP excluyó al teniente coronel (r) José Pastor Ruiz. La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad (SAR) concluyó que Ruiz no realizó aportes efectivos al esclarecimiento de la verdad, desconoció de manera reiterada la verdad judicial establecida en sentencias condenatorias ejecutoriadas e incumplió los compromisos asumidos ante la justicia transicional.

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La expulsión de Ruiz significa, en la práctica, que no tendrá ninguno de los beneficios penales que otorga la JEP a cambio de la verdad y reparación y, por tanto, su caso pasará de nuevo a manos de la Fiscalía, para que continúe la investigación por los presuntos delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada, tipificados como crímenes de lesa humanidad y de guerra.

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Esta decisión fue tomada por la Subsección 5 de la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad, integrada por las magistradas Reinere Jaramillo Chaverra y María del Pilar Valencia, y el magistrado Gustavo Salazar Arbeláez.

De acuerdo con lo que plantearon los togados, “el comportamiento del compareciente resulta incompatible con las obligaciones derivadas del régimen de condicionalidad. En lugar de asumir la verdad judicial establecida en las sentencias condenatorias como un punto de partida mínimo para contribuir al esclarecimiento de los hechos”.

Al momento de someterse a la JEP, Ruiz Mahecha ya contaba con tres sentencias condenatorias ejecutoriadas por los delitos de homicidio en persona protegida y concierto para delinquir, relacionados con hechos ocurridos el 22 de junio y el 26 de octubre de 2002, en los que murieron 20 personas, así como por tráfico, fabricación o porte de armas de fuego.

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Para la SAR, “estas conductas evidencian una falta de compromiso con los fines del Sistema Integral para la Paz y afectan de manera directa los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición”.

Con esta decisión, la JEP registra 119 exclusiones por incumplimiento de las obligaciones adquiridas ante el Sistema Integral para la Paz.

De ellas, 80 corresponden a exintegrantes de las Farc-EP, 19 a miembros de la fuerza pública, 8 a agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública, 4 a terceros civiles y 8 a comparecientes de otras categorías o en proceso de verificación.