Una particular petición le hizo la procuradora Margarita Cabello Blanco a la Corte Constitucional. A la jefe del ministerio público no le gusta para nada la palabra “uterinos”, usada en el artículo 54 del Código Civil al referirse a los hermanos maternos. Para la procuradora ese término resulta denigrante y ofensivo.
En síntesis, el artículo al que hace referencia la procuradora Cabello dice así: “Los hermanos pueden serlo por parte de padre y de madre, y se llaman entonces hermanos carnales; o sólo por parte de padre, y se llaman entonces hermanos paternos; o solo por parte de madre, y se llaman entonces hermanos maternos o uterinos”.

La funcionaria envió un concepto a la Corte en el que asegura que palabras como uterino provocan o incurren en condiciones de discriminación por razón de sexo o género. “La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, pidió declarar inexequible la palabra ‘uterinos’ como alternativa para referirse a los hermanos maternos, la cual es utilizada en el artículo 54 del Código Civil”, señaló la Procuraduría al remitir ese concepto a la Corte.
Para el Ministerio Público muchas de las leyes que se firman o se promulgan en el Congreso padecen del mismo problema y es que fijar algunos términos o expresiones, como uterinos, se convierten en lesivas para la dignidad humana y el objetivo es “evitar que se incurra en discriminaciones”.
Según la procuradora Margarita Cabello acudir a términos como uterinos se asociada al órgano reproductor femenino y dichas palabras fueron instituidas en un momento de la historia de Colombia donde predominaba la discriminación contra la mujer y expresiones así reducen el papel de la mujer a la mera participación en la reproducción.

“Es típica de aquellas expedidas en el contexto patriarcal que imperó en la legislación colombiana en los siglos XIX y XX, en los que el Congreso de la República, lastimosamente, por medio de las instituciones jurídicas y políticas, reforzó la discriminación contra la mujer, bajo el patrón cultural según el cual la individualidad y la autonomía eran connotaciones predicables solo del sexo masculino”, señaló la procuradora.
Por esas razones, de interpretación, la Procuraduría insiste ante la Corte Constitucional que la palabra uterinos debe desaparecer de ese artículo en el Código Civil y así evitar que por su uso se convierta en un elemento de discrimnación, tal y como lo asume la jefe del ministerio público.
“Efectivamente, el legislador tiene que optar por expresiones neutrales que no resulten denigrantes u ofensivas, que despojen a los seres humanos de su dignidad, traduciendo al lenguaje jurídico un prejuicio o una discriminación constitucionalmente inaceptable”, precisó en su concepto la Procuradora General.

Margarita Cabello aseguró que retirar esa palabra del Código Civil no altera en nada el sentido u objetivo de la norma, pues con la referencia de hermanos maternos resulta entendible y no afecta la interpretación de la norma. “Su eliminación no afecta el entendimiento de la norma, pues se trata de una simple referencia lingüística adicional al término ‘hermanos maternos’, que constituye la expresión que sí le otorga sentido a dicha disposición”, dijo la Procuraduría.
