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Precluyeron la investigación contra el padre Francisco de Roux por presunto encubrimiento en casos de abuso sexual

La solicitud de preclusión fue presentada por la Fiscalía en favor del padre tras advertir que no hay pruebas de favorecimiento.

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20 de octubre de 2026 a las 9:56 a. m.
El padre Francisco de Roux.
El padre Francisco de Roux.

Una denuncia de hace más de 10 años advertía la presunta responsabilidad del padre Francisco de Roux en el encubrimiento de casos de abuso sexual ocurridos en la década de los años 70. El proceso estuvo engavetado por años hasta que hace unos meses se reactivó tras una advertencia pública de impunidad.

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La Fiscalía le metió el acelerador a las actuaciones y concluyeron que la investigación no tenía otro camino que la preclusión y así lo solicitaron a un juez de conocimiento, con el recaudo probatorio para advertir que las decisiones que de Roux tomó en su momento, fueron las exigidas por el derecho canónico.

Con la evidencia recaudada, la Fiscalía asistió a una diligencia en la que insistió al juez de que no hay mérito para continuar con la investigación en contra del padre de Roux. La judicatura, después de analizar los elementos de prueba, concluyó que la solicitud del ente acusador era consecuente con la evidencia presentada y en conclusión, ordenó precluir el proceso en favor del padre.

“No se evidencia el incumplimiento de un deber funcional, religioso, institucional o que el mismo pueda transformarse en un comportamiento de tipo penal, pues para ello inequívocamente, es indispensable demostrar, verificar y validar que la conducta reunía en el caso de Francisco; esa conclusión permite explicar por qué entonces sí activó los derechos canónicos, pero no se puede llegar a presumir que tenía una posición de garante de una persecución penal”, dijo el juez.

Para el juez es claro que no hay una conducta típicamente adecuada al derecho penal y que los elementos de pruebas recaudados durante la investigación que adelantó la Fiscalía, advierten que el padre puso en marcha las actuaciones que se requerían en el propósito de establecer los hechos y advertirlos de acuerdo con lo que exige el derecho canónico, de ahí la ausencia de responsabilidad.

“Tampoco sería adecuado afirmar que esa actuación canónica demuestra necesariamente la ausencia de dolo; lo que permite sostener es que constituye un elemento objetivo relevante para valorar el comportamiento en conjunto con las circunstancias mencionadas y desde luego, en síntesis, el despacho considera que el juicio de la ecuación típica debe adecuarse sobre el comportamiento del padre Francisco y no exclusivamente sobre aquello que dejó de hacer”, advirtió el despacho.

Precluir la investigación en contra del padre Francisco de Roux no quiere decir que los hechos no ocurrieron y que comprometen a otro sacerdote, solo que la responsabilidad que se atribuye por favorecimiento o encubrimiento, no constituye la realidad; por el contrario, se activaron los mecanismos que correspondían en su momento.

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La Fiscalía solicitó la preclusión. Foto: GUILLERMO TORRES REINA

“Bajo ese contexto, la actuación acredita que en su condición de sacerdote provincial activó los mecanismos institucionales que se encuentran previstos en el derecho canónico y que derivaron en esa imposición de sanciones eclesiásticas. Apreciando en conjunto esas circunstancias con la prescripción de la investigación, permite establecer la atipicidad de la conducta”, dijo el juez.

La preclusión quedó en firme luego de que ninguna de las partes que intervinieron en la investigación impugnó la decisión; de esta forma, el proceso, por lo menos en la justicia penal, quedó cerrado.