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Bolsa de Valores de Colombia | Foto: Bolsa de Valores de Colombia - Bani G. Ortega

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Protección y sus ‘traders’ en la Bolsa podrían enfrentar cargos penales por manipulación de acciones del GEA

La Fiscalía podría tomar medidas judiciales en los próximos días. La integridad de los fondos de pensiones es fundamental para la confianza de los afiliados y del mercado.

12 de julio de 2022

Lo más sagrado y lo más importante para los afiliados a los fondos de pensiones es la transparencia del mercado. Esto no fue lo que ocurrió en Protección, según el Autorregulador del Mercado de Valores (AMV), quien sancionó a dicha empresa por realizar 627 operaciones con el fin de manipular los valores de las acciones de las mismas compañías del GEA.

Según el artículo 317 del Código Penal colombiano, “el que realice transacciones, con la intención de producir una apariencia de mayor liquidez respecto de determinada acción, valor o instrumento inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios o efectúe maniobras fraudulentas con la intención de alterar la cotización de los mismos incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses y multa hasta de cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena se aumentará hasta en la mitad si, como consecuencia de la conducta anterior, se produjere el resultado previsto”.

SEMANA conoció que estos hechos ya están en conocimiento de la Fiscalía, que podría tomar medidas judiciales en los próximos días. La integridad de los fondos de pensiones es fundamental para la confianza de los afiliados y el mercado en general.

El Autorregulador del Mercado de Valores sancionó recientemente con una multa a Protección y con multa y suspensión por varios meses a dos operadores de acciones en el país por presunta manipulación del precio de las acciones en el mercado de valores colombiano, que impidió su libre desarrollo.

De acuerdo con el fallo del Tribunal Disciplinario de la AMV, los traders son José Luis Bermúdez Bermúdez (multa de 70 millones y 9 meses de suspensión) y José Luis Restrepo Ospina (50 millones y seis meses de suspensión), quienes cometieron estas irregularidades entre el 19 y 31 de marzo de 2020.

“Los sancionados fueron declarados disciplinariamente responsables por incurrir en infracciones consistentes en realizar, colaborar, participar de cualquier forma o coadyuvar con transacciones u otros actos relacionados, que tuvieron como objetivo o efecto afectar la libre formación de los precios en el mercado de valores y aumentar artificialmente el precio de tres acciones durante los días 19, 20, 24, 25, 27, 30 y 31 de marzo de 2020″, indicó la AMV.

La estrategia desplegada por las mencionadas personas consistió en realizar operaciones de compra durante las subastas de volatilidad y cierre de tres acciones, ordenando el ingreso de las posturas unos segundos antes del inicio del período de cierre aleatorio, o durante dicho cierre y al precio límite superior.

En lo que respecta a Protección, esta autoridad indicó que deberá pagar una multa de 160 millones de pesos por la conducta de los dos traders ya mencionados, ya que, al parecer, impartió órdenes para la ejecución de operaciones respecto a la compra de acciones de Cementos Argos, Preferencial Grupo Sura y Preferencial Bancolombia.

Tal vulneración se produjo, según AMV, con la realización de 627 operaciones de compra durante las subastas de cierre y de volatilidad, entre el 19 y 31 de marzo de 2020, que obedecieron a instrucciones impartidas por parte de los funcionarios de Protección, José Luis Bermúdez Bermúdez y José Luis Restrepo Ospina”, dijo esta autoridad.

Así mismo, destacó que las transacciones se dieron “por montos con potencialidad de generar impacto en el precio indicativo de la subasta sobre las especies AAAA, CCCC y BBBB” y para que fueran “ingresadas al final de las subastas de cierre o volatilidad a escasos segundos de la apertura del periodo de cierre aleatorio y a un precio mayor al precio indicativo que se había formado hasta el momento a partir de las ofertas y demandas activas en la subasta, situación que generaba un aumento inmediato del referido precio indicativo”.

De acuerdo con el fallo del Autorregulador del Mercado de Valores, las conductas de estos implicados tuvo una influencia directa en el precio de las acciones que fueron mencionadas, modificando su valor bajo presiones y evitando su normal desarrollo dentro del mercado bursátil colombiano.

Finalmente, indicó que este tipo de acciones también muestran un desconocimiento de los deberes generales, en cabeza de los sujetos de autorregulación, especialmente los de actuar con honestidad, lealtad, profesionalismo y seriedad; afectando de esta forma “la transparencia e integridad en el mercado de valores, así como la actuación de buena fe de todos los agentes que intervienen en el mercado”.

Para el caso de Protección, sus administradores tendrán cinco días hábiles para ponerse al día con estos pagos, mientras que el plazo de pago para los administradores de acciones fue de 15 días. Ambos tiempos contarán a partir del pasado viernes 1 de julio cuando se anunció la decisión por parte de esta autoridad.