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Jhonier Leal
Jhonier Leal | Foto: Fiscalía General de la Nación

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Víctimas, la “piedra en el zapato” del preacuerdo entre Jhonier Leal y la Fiscalía

Se pide que Leal sea procesado por el delito de tortura. ¿Qué implica la posición de las víctimas ante la presentación del preacuerdo?

3 de febrero de 2022

En las constantes y atípicas (e ilegales) llamadas desde su calabozo en el búnker de la Fiscalía, Jhonier Leal fue reiterativo en el mensaje a sus tías maternas: tienen que cambiar de abogado defensor. ¿La razón? Su oposición se había convertido en una “piedra en el zapato” en las negociaciones de preacuerdo que adelantaba con la Fiscalía General.

Desde la audiencia celebrada el pasado 19 de enero, después de que Jhonier se retractara y aceptara cargos por haber matado a su hermano, el reconocido estilista Mauricio Leal, y a su mamá, Marleny Hernández, el representante de víctimas presentó su molestia por el hecho de que no se le imputara el delito de tortura.

Pese a que el minucioso relato del fiscal Mario Andrés Burgos sobre la forma en que Jhonier planeó durante cuatro meses el crimen y como lo ejecutó dentro de la casa ubicada en el municipio de La Calera, dicho agravante no fue puesto en la imputación.

Esto pese a que el hecho de golpear, drogar, amenazar y apuñalar con un cuchillo de cocina a su hermano para que escribiera una carta de suicidio en la que se arrepentía por lo que había hecho y dejara claro que la herencia era para sus hermanos y sobrinos representa un acto de sevicia extremo, la Fiscalía lo incluyó como parte del homicidio y la manipulación para desviar el caso.

Este preacuerdo, que fue propuesto por el ente acusador, de acuerdo con Élmer Montaña, abogado de la familia Leal, indica que Jhonier deberá pagar una pena entre los 25 y los 26 años de cárcel, así como una multa de 200 salarios mínimos mensuales vigentes, además de no comprometerse a delinquir y realizar un acto de perdón público.

“Yo le planteé a la Fiscalía, le insistí, en que le imputara el delito de tortura, pero dijo que no lo iba a hacer porque dizque carecía de los elementos materiales de prueba. Cuando le puse de manifiesto que estos eran los mismos que el ente acusador había presentado, en específico con la carta que le obligaron a firmar, ellos respondieron que carecía de material probatorio”, explicó Montaña en un video que publicó en su cuenta de Twitter después de las tres horas que duró su reunión con el representante de la Fiscalía General.

En el encuentro, el fiscal argumentó que Leal pagaría una pena cercana a los 26 años de prisión, una multa de 200 millones de pesos y un acto de perdón público. Sin embargo, tras la objeción del abogado defensor se manifestó que la pena podría rodear los 28 años de cárcel.

Esta cifra tampoco fue del agrado del representante de víctimas, que advirtió que en 13 años podría salir libre. Debido a esto, insistió en la necesidad de imputarle el delito de tortura, puesto que con esto la pena quedaría en 30 años de cárcel. Esta propuesta no fue recibida por el fiscal.

“Dejamos clara nuestra inconformidad con este preacuerdo puesto que 26 años y seis meses implica que Jhonier Leal quedaría en libertad antes de que cumpla los 13 años por las rebajas de estudio, trabajo, etc. Esta observación la pondremos ante el juez cuando el fiscal presente el escrito de acusación”, explicó.

¿Qué representa la posición de las víctimas?

Las víctimas, según el Código de Procedimiento Penal, son sujetos procesales y tienen voz –si son reconocidas– dentro de los procesos penales. En el caso del preacuerdo, pueden expresar su posición ante la aprobación o negativa de los términos a los que se llegó en la negociación. Sin embargo, el juez es el que tiene la última palabra.

En el caso del preacuerdo de Jhonier Leal, el juez debe velar para que se garanticen y protejan los derechos de las víctimas, la reparación integral y la búsqueda de la verdad, pero su oposición no afecta su aval. De no estar de acuerdo pueden presentar diferentes recursos, entre ellos la reposición y apelación.

En los próximos días se fijará la audiencia en la que se presentará el preacuerdo. El juez escuchará la posición del abogado del procesado, la Procuraduría y el representante de víctimas. Posteriormente, definirá si lo avala o no.