A 10 días de las elecciones atípicas de Cartago, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aplazó este miércoles, 9 de septiembre, sin establecer una nueva fecha, la decisión sobre las solicitudes que buscan revocar la inscripción del exalcalde Juan David Piedrahíta.
La determinación deja en el aire una pregunta que los ciudadanos deberían tener resuelta antes de acudir a las urnas: ¿está legalmente habilitado uno de los candidatos que aparece en el tarjetón?

El asunto adquiere especial relevancia porque Piedrahíta fue elegido alcalde de Cartago para el periodo 2024-2027, pero el Consejo de Estado anuló definitivamente su elección al determinar que incurrió en doble militancia.
Ahora vuelve a aspirar a la Alcaldía en las elecciones atípicas programadas para el próximo 20 de septiembre, mientras sobre su inscripción existe una solicitud de revocatoria que plantea, entre otros argumentos, una posible inhabilidad relacionada con el ejercicio de autoridad como alcalde durante los 12 meses anteriores a la nueva elección.
La demora del organismo electoral genera inquietud porque Cartago está a punto de volver a votar y todavía no existe una definición sobre la situación jurídica de uno de los aspirantes.
El CNE, además, tiene sobre la mesa un antecedente reciente que guarda similitudes con el caso de Cartago y que debería ser tenido en cuenta para evitar que se repita un escenario de incertidumbre institucional.
Se trata de Fonseca, en La Guajira. Este año, el exalcalde Micher Pérez se inscribió nuevamente como candidato para las elecciones atípicas convocadas después de que su elección también fuera anulada. En ese caso, el CNE determinó que Pérez estaba inhabilitado al considerar que había ejercido como alcalde dentro de los 12 meses anteriores a los comicios y revocó su candidatura.
La historia, sin embargo, no terminó allí. Una decisión judicial provisional le permitió participar en las elecciones pocos días después. Pérez obtuvo la mayor votación y el municipio terminó enfrentando un complejo escenario jurídico y administrativo alrededor de la validez de la elección.
Ese antecedente plantea una alerta para Cartago: una decisión tardía puede terminar trasladando el problema desde los despachos de las autoridades electorales hasta las urnas y, posteriormente, a la administración municipal.
El escenario podría ser todavía más complejo si Piedrahíta participa en las elecciones, obtiene la victoria y posteriormente su elección es dejada sin efecto. Para ese momento quedarían menos de 18 meses del periodo constitucional 2024-2027. En esas circunstancias, no habría lugar a una nueva elección popular y correspondería a la gobernadora del Valle del Cauca designar a quien deba culminar el periodo, respetando la organización política o coalición por la cual hubiera sido inscrito el alcalde elegido.
La consecuencia sería de enorme trascendencia para los ciudadanos de Cartago: una decisión que puede ser adoptada antes de que se abran las urnas podría terminar resolviéndose después de que los ciudadanos hayan votado, con la posibilidad de que la definición de quién termina gobernando el municipio quede en manos de una designación, no de una nueva elección popular.
La versión sobre supuestas presiones
A esta situación se suma una denuncia que también requiere ser esclarecida.
Periodistas que estuvieron presentes durante la sesión del CNE señalaron, bajo reserva de su identidad, que antes de la votación se habrían producido llamadas y gestiones de dirigentes del Partido de la U ante varios magistrados del organismo electoral, con el propósito de que la decisión sobre la candidatura de Piedrahíta no fuera adoptada todavía.
Esta versión no ha sido acreditada públicamente. Por esa razón, no puede presentarse como un hecho probado. Sin embargo, dada la gravedad de lo señalado y la cercanía de las elecciones, resulta pertinente que tanto el Partido de la U como el CNE expliquen si existieron contactos, reuniones, llamadas o gestiones relacionadas con el trámite de la solicitud de revocatoria de la inscripción.

La transparencia en este punto resulta fundamental para preservar la confianza en el proceso electoral de Cartago.
El debate, en todo caso, no debería reducirse a determinar si Piedrahíta puede o no ser candidato. Esa definición corresponde a las autoridades competentes y debe adoptarse con fundamento en la Constitución, la ley y los antecedentes judiciales y electorales aplicables.
Lo que está en discusión es el momento en que esa decisión debe conocerse.
Cartago necesita certeza antes de votar
Los cartagüeños tienen derecho a conocer, antes del día de las elecciones, si los candidatos que aparecen en el tarjetón cumplen las condiciones legales para aspirar al cargo. Una definición posterior al 20 de septiembre podría abrir la puerta a un nuevo escenario de incertidumbre, con consecuencias que superarían la discusión electoral y terminarían afectando la administración del municipio.
El caso de Fonseca demuestra los riesgos de llevar una elección atípica a las urnas mientras persisten controversias sobre la habilitación de un candidato.
En Cartago, el CNE ya conoce las solicitudes presentadas, tiene los antecedentes electorales y judiciales relacionados con el caso, y cuenta con el tiempo para adoptar una determinación antes de la jornada electoral.
La responsabilidad ahora está en manos del organismo electoral.
Cartago volverá a las urnas el 20 de septiembre. Lo que sus ciudadanos necesitan antes de ese día no es otra incertidumbre jurídica, sino una decisión clara sobre quiénes están habilitados para disputar la Alcaldía.
