Norte de Santander

Ojo: así se puede renovar la licencia de conducción en Cúcuta

Actualmente, en esta ciudad no se está implementando la medida de pico y cédula.

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6 de enero de 2023 a las 4:14 p. m.
Es importante tener en cuenta que los puntos de la licencia no tienen nada que ver con el proceso de aprobación, ya que son dos trámites y conteos totalmente diferentes.
Es importante tener en cuenta que los puntos de la licencia no tienen nada que ver con el proceso de aprobación, ya que son dos trámites y conteos totalmente diferentes. Foto: Getty Images

La licencia de conducción es un documento obligatorio para las personas que desean manejar vehículos de tipo automotor o motocicletas en el país. De infringir esta norma, los ciudadanos se exponen a sanciones por parte de las autoridades de tránsito.

Ante los primeros días del 2023, las autoridades le recuerdan a la población que revisen a través de la página web del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) sus licencias de conducción, para saber si está cerca su vencimiento o, en su defecto, ya debe renovarla.

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Todo conductor tiene que tener este permiso. Foto: Getty Images/iStockphoto

Es por ello que el Ministerio de Trabajo dio a conocer que aproximadamente cuatro millones de licencias tienen fecha de vencimiento entre el 1 de enero y el 31 de enero de 2023. Sin embargo, la Ley 2161 de noviembre de 2021 de la estrategia ‘pico y cédula’ les permitió renovar el documento hasta el 20 de junio del próximo año; es decir, dentro del primer semestre del 2023.

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Por el momento, en la ciudad de Cúcuta, este documento se está renovando sin contratiempos, por lo que no se está aplicando la medida de ‘pico y cédula’, debido a los dos puntos habilitados de atención del Consorcio Servicios de Tránsito y Movilidad de Cúcuta (STMC).

Los interesados que quieren realizar este proceso en la capital nortesantandereana lo podrán hacer en estos dos sitios: uno queda ubicado sobre la avenida Gran Colombia en el barrio La Riviera y el otro, en la Zona Industrial, dentro del Centro de Diagnóstico Automotor de Cúcuta (Cedac).

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Cúcuta es una ciudad que comunica con Venezuela. Foto: Juliana Peñaranda-Loftus

Así las cosas, el primer requisito para renovarlo es consultar el estado del RUNT, ingresando al sitio www.runt.com.co. En la ventana ‘Consulta de ciudadanos por documento de identidad’, un usuario puede verificar si está inscrito y el estado de la licencia.

Además, la persona no debe tener comparendos sin pagar. En la página web también se puede consultar el estado de las mismas.

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Con ambos requisitos, la persona puede hacer el examen médico correspondiente, el cual se practica en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC). Según el sitio donde se efectúe, el costo oscila entre 75.000 a 200.000 pesos.

Si una autoridad de tránsito descubre que un usuario tiene su licencia vencida, podrá imponerle una multa de 267.000 pesos y la inmovilización del vehículo. El cronograma para la renovación muestra que las cédulas terminadas entre 1 y 2 debieron realizar el proceso entre noviembre y diciembre del año pasado.

Mientras tanto, los documentos finalizados entre 3, 4 y 5 harán el respectivo trámite entre los dos primeros meses de 2023. Las cédulas acabadas en 6 y 7 están destinadas para hacerlo entre marzo y abril. Por último, las terminadas entre 8 y 9 podrán hacerlo en mayo, y en junio lo efectuarán los documentos acabados en 0.

Fechas de renovación de licencia de conducción
Fechas de renovación de licencia de conducción Foto: Ministerio del Trabajo

Motivos para suspensión de licencias de conducción

La licencia de conducción es un documento público e intransferible, pero cuenta con varias razones para ser suspendida. El artículo 26 del Código de Tránsito describe las situaciones para suspender o cancelar una licencia de conducción:

Suspensión:

  • Por imposibilidad transitoria física o mental para conducir, soportado por un registro médico.
  • Por una orden judicial.
  • Por ser encontrado por las autoridades conduciendo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas.
  • Por reincidir en la violación de normas de tránsito en un periodo no superior de un año.
  • Por prestar el servicio público de transporte con vehículos particulares, con excepción de situaciones de casos de alteración en el orden público.

Cancelación:

  • Por imposibilidad física o mental permanente, soportada por un registro médico.
  • Por orden judicial.
  • Por fallecimiento del titular.
  • Por reincidir en conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas.
  • Por reincidir en la restricción de prestar el servicio público a particulares sin justificación.