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 De las diez facultades extraordinarias que había propuesto el presidente Gustavo Petro, el Congreso le aprobó cinco.
El presidente de la República, Gustavo Petro. | Foto: juan carlos sierra-semana

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Nuevo capítulo en discusión por decreto del presidente Petro para regular servicios públicos; presentaron recusación

El caso quedó en manos de la magistrada Nubia Margoth Peña del Consejo de Estado, pero le piden separarse del proceso. ¿Qué pasó?

22 de mayo de 2023

La discusión por el decreto 0227 del 16 de febrero, emitido por el presidente Gustavo Petro para tomar el control temporal de la regulación de los servicios públicos domiciliarios en el país, promete seguir dando de qué hablar, esta vez por cuenta de una recusación.

La cuestión es así: el pasado marzo, el Consejo de Estado suspendió el decreto firmado por el presidente Petro, pero el Gobierno acudió a un recurso de súplica para que el mandatario pudiera retomar el control de la regulación de los servicios públicos. En el documento en mención, se pidió que toda la Sección Primera del Consejo de Estado reevaluará la suspención, es decir, que no solo lo hiciera el despacho del magistrado ponente, Roberto Serrato.

Pues bien, el diario El Tiempo conoció que el pasado 11 de mayo la Sección derrotó la ponencia que presentó Oswaldo Giraldo, razón por la que el caso quedó en manos de la magistrada Nubia Margoth Peña, alrededor de quien gira la recusación.

Gustavo Petro. servicios públicos
El Consejo de Estado suspendió el pasado jueves el decreto que le otorgó al presidente Petro las funciones para asumir el control de los servicios públicos en el país. | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

Una recusación hecha a nombre de Juan Vidal plantea que Nubia Margoth Peña fue asesora de la viceprocuradora general de la Nación cuando adelantaba un proceso disciplinario contra Gustavo Petro por sus decisiones como alcalde de Bogotá. Por tanto -se argumenta en el texto- el deber la magistrada de apartarse del caso.

Lo que dice el documento, al que tuvo acceso El Tiempo es lo siguiente: “Es de pleno conocimiento que, durante el período de Alejandro Ordóñez en la Procuraduría General de la Nación, se evidenció una enemistad en contra de Gustavo Petro, que se materializó con la expedición de actos administrativos ilegales”.

Pese a la recusación, la magistrada Nubia Margoth argumentó que no participó en el proceso contra Gustavo Petro en el pasado, como tampoco tenía nada que ver con la Sala Disciplinaria de la Procuraduría, de ahí que no vea por qué no debe apartarse del debate en torno decreto 0227.

El presidente Gustavo Petro y el decreto que le permite regular los precios de los servicios públicos.
El presidente Gustavo Petro y el decreto que le permite regular los precios de los servicios públicos. | Foto: SEMANA

“No he tenido trato personal alguno con el señor Gustavo Petro y no me asiste sentimiento de enemistad o animadversión. Así las cosas, no existe la enemistad grave alegada por el recusante, quien no acreditó la existencia de un sentimiento negativo ni estableció la ocurrencia de represalia hacia Petro”, agregó en el texto conocido por el medio bogotano.

En ese contexto, ya no solo se debe analizar la decisión de suspender el decreto 0227 del 16 de febrero, sino tomar una determinación en torno a la recusación.

La reacción de Petro tras decisión del Consejo de Estado

Cabe recordar que el presidente Gustavo Petro al momento de conocer la postura del Consejo de Estado frente al Decreto 227 de 2023, arremetió contra esta decisión que tumbó sus facultades para regular las tarifas de servicios públicos.

En este sentido, el jefe de Estado lanzó varias pullas por esa determinación del alto tribunal. “Y ahora aparece que como Petro es el presidente de Colombia entonces no puede tener sus facultades constitucionales”, dijo el mandatario, el pasado 3 de marzo, en San Andrés durante el lanzamiento de la estrategia Gobierno Escucha, el presidente Petro defendió a capa y espada esas facultades.

servicios públicos
Recibos, facturas, servicios públicos. | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

Por otra parte, vale la pena rescatar que con el decreto suspendido por el Consejo de Estado, se buscaba que por el término de tres meses “las funciones de carácter general delegadas a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y a la Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuadas mediante los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y demás normas concordantes, las cuales, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 142 de 11 de julio de 1994, serán ejercidas por el presidente de la República”.