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El presidente Gustavo Petro y el decreto que le permite regular los precios de los servicios públicos.
El presidente Gustavo Petro y el decreto que le permite regular los precios de los servicios públicos. | Foto: SEMANA

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Gobierno acude a recurso de reposición para que Gustavo Petro pueda regular los servicios públicos

El Decreto 227 de 2023 fue suspendido por el Consejo de Estado y el Gobierno quiere revivirlo a como dé lugar.

8 de marzo de 2023

Este martes 7 de marzo, la Superintendencia de Servicios Públicos apeló la decisión tomada por el Consejo de Estado para que la entidad dé reversa en su determinación de no ejecutar y de suspender el Decreto 227 de 2023, el cual le otorgaba al presidente Gustavo Petro las funciones para regular y asumir el control de los servicios públicos en el país.

En ese mismo sentido, el superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Dagoberto Quiroga, expresó en el documento que la determinación del Consejo de Estado no aclara “cuál es el presunto perjuicio irremediable o el peligro inminente que se quiere evitar”, cita el recurso de reposición y subsidiario publicado por Blu Radio.

servicios públicos
Recibos, facturas, servicios públicos. Bogotá, mayo 8 de 2020. Foto: Juan Carlos Sierra-Revista SEMANA. | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO

Asimismo, el documento indica que, por el contrario, a un peligro lo que se busca con que el presidente Petro pueda regular y controlar los servicios públicos es para que se puedan tomar medidas sobre las tarifas y la prestación de dichos servicios, lo que para ellos consideran beneficio.

El decreto pretende, de manera temporal, asumir las funciones que son propias por mandato constitucional del presidente de la República y que por mandato legal las delegó en las Comisiones de Regulación; por el contrario, lo que se advierte es un perjuicio que se generaría para los ciudadanos en el evento en que se materialice la medida cautelar decretada, pues el Gobierno y la población en general quedarían sin medidas eficaces tendientes a dar soluciones de política pública general, en materia de servicios públicos domiciliarios, y de manera particular, cuando es un hecho notorio la excesiva alza de tarifas de servicios públicos domiciliarios, como lo es el de energía eléctrica“, señala el texto.

Ante este principal argumento y frente a los otros, jurídicos y legales expuestos en el documento, el funcionario de la Superintendencia hizo la petición de que sea reversada la decisión del Consejo de Estado.

Presidente Gustavo Petro
Presidente Gustavo Petro tomaría el control y la regulación de los servicios públicos. | Foto: Presidencia

“En atención a las exposiciones precedentes, le solicito al H. Consejo de Estado se sirva revocar en su integridad el auto de fecha 2 de marzo de 2023, mediante el cual se resolvió decretar una medida cautelar de urgencia, en el sentido de ordenar la suspensión provisional de los efectos jurídicos del Decreto 227 del 16 de febrero de 2023, “por el cual se reasumen algunas de las funciones presidenciales de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”, concluyó.

Cabe recordar que el presidente Gustavo Petro al momento de conocer la postura del Consejo de Estado frente al Decreto 227 de 2023, arremetió contra esta decisión que tumbó sus facultades para regular las tarifas de servicios públicos.

La empresa de energía realiza trabajos en varias zonas de la ciudad de Barranquilla y en municipios del Atlántico.
La reposición que esta medida es a causa de las altas tarifas de energía. | Foto: Suministrada a SEMANA por Air-e

En este sentido, el jefe de Estado lanzó varias pullas por esa determinación del alto tribunal.

“Y ahora aparece que como Petro es el presidente de Colombia entonces no puede tener sus facultades constitucionales”, dijo el mandatario, el pasado 3 de marzo, en San Andrés durante el lanzamiento de la estrategia Gobierno Escucha, el presidente Petro defendió a capa y espada esas facultades.

Por otra parte, vale la pena rescatar que con el decreto suspendido por el Consejo de Estado, se buscaba que por el término de tres meses “las funciones de carácter general delegadas a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y a la Comisión de Regulación de Energía y Gas efectuadas mediante los Decretos 1524 y 2253 de 1994 y demás normas concordantes, las cuales, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 142 de 11 de julio de 1994, serán ejercidas por el presidente de la República”.