Salud

Damnificados por el terremoto tendrán alivio en servicios de salud durante un año: Gobierno tomó nuevas medidas

Las disposiciones buscan reducir las cargas económicas de las familias afectadas por el sismo.

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18 de septiembre de 2026 a las 11:35 a. m.
Vista de una ambulancia destruida frente a un hospital dañado en Cali, Colombia, el 13 de agosto de 2026, tres días después de un terremoto de magnitud 7,4.
Vista de una ambulancia destruida frente a un hospital dañado en Cali, Colombia, el 13 de agosto de 2026, tres días después de un terremoto de magnitud 7,4. Foto: AFP

El Gobierno nacional adoptó nuevas medidas para atender las consecuencias que dejó el terremoto del pasado 10 de agosto, esta vez enfocadas en garantizar la atención de los damnificados y apoyar la recuperación de la infraestructura hospitalaria golpeada por la emergencia.

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Las disposiciones quedaron consignadas en el Decreto 1415 del 17 de septiembre de 2026, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en parte del territorio nacional.

Uno de los principales cambios beneficiará directamente a las personas reconocidas oficialmente como damnificadas: durante los próximos 12 meses estarán exentas del pago de copagos y cuotas moderadoras en los servicios de salud a los que tengan derecho.

¿Quiénes podrán acceder al beneficio?

La medida no cobija automáticamente a todos los ciudadanos de los territorios afectados. Para acceder al alivio, los afiliados deberán aparecer en el Registro Único de Damnificados (RUD) y su información deberá estar validada en la Base de Datos Única de Afiliados.

Una vez cumplidas estas condiciones, la exención se mantendrá durante un año y tendrá una particularidad: continuará aplicándose aunque la persona necesite recibir atención médica en un lugar diferente a las zonas golpeadas por el terremoto.

Durante ese periodo, las entidades responsables del aseguramiento tampoco podrán exigir esos pagos como condición para autorizar o prestar un servicio. Asimismo, no podrán cobrar posteriormente los valores correspondientes a las atenciones recibidas mientras se encuentre vigente el beneficio.

Otro alivio para los afectados

El decreto también establece una medida para empleadores y trabajadores independientes damnificados. Desde el periodo de cotización de agosto de 2026, quienes cumplan los requisitos establecidos no tendrán que asumir intereses de mora por pagos extemporáneos de sus aportes durante el periodo contemplado por la norma.

Esto, sin embargo, no significa que desaparezca la obligación principal. Las cotizaciones y aportes correspondientes deberán ser pagados; el alivio está relacionado específicamente con los intereses generados por la demora.

Buscan recuperar los hospitales golpeados por el terremoto

Las medidas llegan en medio del complejo panorama que enfrenta la infraestructura sanitaria después del sismo.

Reportes oficiales han identificado 400 centros de salud afectados, mientras que las necesidades económicas estimadas para atender los daños hospitalarios rondan los 1,95 billones de pesos.

Para enfrentar esa situación, el decreto flexibiliza temporalmente el uso de determinados recursos del sector.

Durante 12 meses, las entidades territoriales podrán destinar saldos disponibles del régimen subsidiado y excedentes de rentas cedidas a trabajos de reparación, recuperación, reposición y dotación de la red pública afectada.

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También se habilitan transferencias directas durante seis meses a empresas sociales del Estado y administradores de infraestructura pública que hayan resultado afectados.

Estos recursos podrán contribuir, entre otros aspectos, al cumplimiento de obligaciones laborales y pagos relacionados con el personal de salud, buscando evitar que los daños ocasionados por el terremoto terminen interrumpiendo la atención de los pacientes.

La ADRES, por su parte, contará temporalmente con herramientas para facilitar el flujo de recursos hacia instituciones afectadas, entre ellas mecanismos de compra de cartera y compensación de tasas para líneas de crédito.

Las disposiciones tienen vigencias diferentes, principalmente de seis o doce meses, y están dirigidas a personas e instituciones cuya afectación por el terremoto pueda ser acreditada. Con eto, el Gobierno busca aliviar los gastos inmediatos de los damnificados y acelerar la recuperación de la capacidad de atención del sistema de salud en las regiones golpeadas por la emergencia.