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Piden al Ministerio de Salud y Protección Social reglamentar el etiquetado hectagonal.
Piden al Ministerio de Salud y Protección Social reglamentar el etiquetado hectagonal. | Foto: Twitter @TalCualOficial

Etiquetado

Esta es la razón por la que hasta Tal Cual le recordó al Ministerio de Salud que se debe reglamentar el etiquetado octagonal

Este viernes 16 de diciembre se vence el plazo para sacar la resolución que contenga los lineamientos para este tipo de etiquetado.

13 de diciembre de 2022

Hay un personaje colombiano que existe y vive para la defensa del consumidor. Tiene una característica imagen, voz y mensaje, casi siempre televisados, que concluye diciendo “Tal Cual”.

Y aunque esta vez su explicación no estaba en el formato más tradicional, si a través de Twitter salió a recordarle al Ministerio de Salud y Protección Social, que el tiempo corre en contra para publicar la resolución que regula el etiquetado octagonal para la comida chatarra.

“Todo se cumplió para que antes de dic.16 /2022, Minsalud expida la modificación de la Res. 810 adoptando el nuevo sello frontal de advertencia OCTAGONAL que nos permite ver la información clara sobre los alimentos y bebidas que nos venden. Tal Cual”, se lee en uno de los tweets.

Allí, además de hacer el recuento de decisiones legislativas y judiciales que llevan a que se cumpla el plazo, enfatiza en que “si antes de 4 días el Ministerio de Salud no expide la modificación de la resolución 810 adoptando el etiquetado octagonal negro, la salud y los consumidores seguiremos llevando del bulto. ¡Ojalá que así no sea!”, concluye.

Y es que este icónico personaje no es el único que se ha expresado al respecto. Son varias las organizaciones que se han sumado, como el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.

“Ministra Carolina Corcho, el 16 de diciembre es la fecha límite para modificar la Resolución 810, el sello circular es el sello que beneficia los intereses de lucro de las industrias. Según estudios, el sello que mejor advierte a l@s Colombian@s es el octagonal”, expresaron a través de plataformas sociales.

También insistieron en que hace un año se aprobó la Ley de Comida Chatarra. “Hasta hoy no tenemos el sello octagonal. Sigue vigente la Resolución 810. La de la jugadita de la industria. Ministra Carolina Corcho modifique la resolución antes del 16 de diciembre”.

MinSalud deberá cambiar el etiquetado de los alimentos ultraprocesados; estas son las modificaciones ordenadas

En el menor tiempo posible, el Ministerio de Salud deberá cambiar el etiquetado frontal de los productos ultraprocesados. Entre estos cambios se encuentra que la advertencia deberá tener una figura octogonal y se deberá hacer énfasis en la palabra exceso.

En la resolución 810 del 2021, la advertencia estaba en una figura circular y se anunciaba que el producto era “alto” en ciertas sustancias que podían afectar la salud humana.

Esta modificación fue ordenada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca al admitir una demanda presentada por Red Papaz, que señala que no se tuvieron en cuenta las recomendaciones ni los estudios científicos sobre el tema de estos alimentos.

En este punto se pidió tener en cuenta las conclusiones a las que llegó el estudio realizado sobre la Universidad de Antioquia frente al etiquetado de alimentos ultraprocesados.

“El Ministerio de Salud y Protección Social deberá tener en cuenta para el efecto la mayor evidencia científica disponible libre de conflictos de interés, contenida en el estudio realizado por la Universidad de Antioquia en materia de etiquetado frontal para determinados alimentos”, señala la decisión.

En el estudio del caso, el Tribunal advirtió que varios estudios concluyeron que la forma octogonal es la adecuada, igualmente, se debe hacer énfasis en los colores, el tipo de letra, y las palabras que se utilicen para informarle al consumidor sobre los riesgos.

Así será el etiquetado frontal que deberán tener los productos procesados en el mercado colombiano.
Así será el etiquetado frontal que deberán tener los productos procesados en el mercado colombiano. | Foto: Ministerio de Salud y Protección Social

En este punto se citan los casos de Chile, Perú, Uruguay y Argentina, advirtiendo que en estos países el etiquetado ha tenido en cuenta las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Unicef, frente a la efectividad de este tipo de anuncios.

“El etiquetado obligatorio, incluida la inserción de etiquetas en el frente del envase, no constituye un obstáculo al libre comercio. Los Estados tienen la obligación de proteger la salud pública, pues la obesidad es un problema cada vez mayor en la Región”, explica la decisión.

En el estudio de la demanda presentada en contra del Ministerio de Salud, que pedía la protección de los derechos colectivos a la moralidad administrativa, a la salubridad pública y los derechos de los consumidores y usuarios, el Tribunal advierte que se debe cumplir la modificación y se debe evitar a toda costa con el fin de que la modificación sea la más efectiva posible. “No se puede utilizar otro formato de etiquetado frontal, ni tipo de forma de sello de advertencia, ni cambiar el texto, tipo de letra, diagrama o dibujo, en ningún producto, independiente, si lleva o no, etiquetado frontal de advertencia”.