Desde el día de hoy, 3 de agosto de 2026, ha comenzado a regir un nuevo requisito para reducir los costos de multas de tránsito, ya que la Superintendencia de Transporte ordenó que cualquier ciudadano que quiera recibir un descuento tendrá que ser sometido a una verificación biométrica de identidad.

Previamente, cada infractor podría reducir hasta un 50% el valor del comparendo si pagaba dentro de los plazos establecidos o realizaba un curso pedagógico. No obstante, la nueva implementación busca prevenir casos de fraude o de suplantación de identidad.
Por medio de la resolución 8863 del 16 de julio de 2026, se ha implementado el Sistema de Control y Vigilancia (SICOV) en los Centros Integrales de Atención (CIA), obligando a que haya un reconocimiento facial para ser verificado por la Registraduría.
De esta forma, las entidades correspondientes podrán reconocer que la persona que está realizando los cursos para reducir el comparendo es el indicado y no otro ciudadano que está posando como él o ella.

El nuevo requisito deriva de que se habían registrado casos en donde los infractores llevaban a los establecimientos a otras personas, quienes realizaban los cursos y les permitían tener el descuento del 50%.
El sistema de reconocimiento facial va a estar operando inicialmente en los Centros Integrales de Atención (CIA) y, a partir del 16 de septiembre de este año, será obligatorio que todos los organismos de tránsito tengan este elemento.
Estas son las multas más comunes de tránsito en Colombia
De acuerdo con la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, hubo alrededor de 12 millones de desplazamientos diarios; dentro de ese marco, se impusieron más de 900.000 comparendos a ciudadanos durante el año 2025, siendo 300.000 más de lo registrado en el 2024.
Dentro de estas sanciones, el 57% pertenecía a vehículos, camionetas y camperos, mientras que el 37% era para motocicletas.

Cabe mencionar que no todas las multas presentan el mismo valor, tal como se encuentra establecido en el Código Nacional de Tránsito. La ley establece un tipo de multa acorde a la gravedad cometida por el infractor.
Por ejemplo, no es lo mismo transitar por zonas que se encuentran prohibidas a no haber realizado la revisión técnico-mecánica.
Dentro de lo registrado por las autoridades de tránsito, las infracciones más comunes son las siguientes:
- Manejar en exceso de velocidad (multa tipo C)
- Parquear en zonas prohibidas (multa tipo C)
- Incumplir el pico y placa (multa tipo C)
- No haber hecho la revisión técnico-mecánica (multa tipo C)
- Conducir una moto sin tener puesto el casco de seguridad, un chaleco reflectivo o luces reglamentariasf (multa tipo C)
