El Ministerio de Transporte presentó la Ley 2486 de 2025, que busca regular la circulación de vehículos eléctricos livianos en el país. Su objetivo es garantizar la seguridad de los conductores y demás actores viales.
Los Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana, conocidos como Velmpu, deben cumplir una serie de reglas para transitar sin inconvenientes. Algunas de ellas se refieren al uso de accesorios obligatorios, como el casco, que debe cumplir con los lineamientos establecidos por MinTransporte.
Los conductores también deben portar el chaleco reflectivo entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m. Los conductores, además, tendrán que mantener una velocidad máxima de 25 km/h en cicloinfraestructura y 40 km/h en vías permitidas.
No pueden transitar sobre las aceras, andenes o demás lugares destinados al tránsito de peatones. Tampoco pueden adelantar a otros vehículos por la derecha o entre automóviles. Para pasar, deberán usar el carril libre a la izquierda.
Los vehículos livianos deberán portar dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y uno de luz roja en la parte trasera. No podrán transportar objetos que disminuyan la visibilidad, que sean un peligro para otros en la vía y que incomoden la conducción.

Adicional a esto, no pueden manejar en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. Asimismo, no podrán transportar a más de una persona si el vehículo no está diseñado para ese fin.
¿Cuáles son las multas?
La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, indicó que los conductores se enfrentarán a las sanciones ya existentes, como, por ejemplo, las multas que se utilizan para castigar a los usuarios que no utilizan el casco.
El comparendo por infringir las normas estipuladas en la ley llega a los seis (6) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), lo que equivale a $350.181 en 2026.
La ministra agregó que hay gradualidad en las sanciones y que, incluso, el vehículo puede ser inmovilizado si así lo considera la autoridad de tránsito.
