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Pico y placa en Cali del 26 al 29 de mayo: así rotará la medida

Taxis y motocicletas no deben cumplir el pico y placa en la capital de Valle del Cauca.

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25 de mayo de 2026 a las 10:48 a. m.
Las autoridades de Tránsito en Cali iniciaron controles de pico y placa en enero de este año.
Las autoridades de Tránsito en Cali iniciaron controles de pico y placa en enero de este año. Foto: Bernardo Peña / El País

El pico y placa en Cali rotará nuevamente durante la semana del lunes 25 al viernes 29 de mayo. La Secretaría de Movilidad Distrital implementó la medida desde el pasado 5 de enero de 2026 y la extenderá hasta el 30 de junio de este año.

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La restricción vehicular tiene un horario habitual de 6:00 a. m. a 7:00 de la noche, de lunes a viernes. Durante fines de semana y festivos, los conductores se podrán movilizar libremente.

Pico y placa en Cali del 26 al 29 de mayo

Los vehículos particulares con placas que finalicen en 1 y 2 no podrán circular por las calles en el horario de la medida durante este lunes 25 de mayo. Así quedó la restricción para el resto de la semana:

  • Martes 26: 3 y 4
  • Miércoles 27: 5 y 6
  • Jueves 28: 7 y 8
  • Viernes 29: 9 y 0
Así es la rotación del pico y placa para Cali durante el primer semestre 2026.
Así es la rotación del pico y placa para Cali durante el primer semestre 2026. Foto: Alcaldía Cali

La medida de pico y placa en Cali no aplica para taxis o motocicletas. Las multas por incumplir la normativa corresponden a un salario mínimo. Las personas que deseen pagar la tasa de congestión y circular libremente, tienen hasta las 5:00 p. m. del día para adquirir el beneficio.

Los valores de la tasa de congestión quedaron actualizados para 2026 de esta manera:

  • Semestral: $2.920.000.
  • Mensual: $480.000.
  • Diario: $121.000.
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Vehículos exentos

  • Carros de emergencia y socorro, como ambulancias, unidades de bomberos o Cruz Roja.
  • Vehículos de servicio oficial, diplomáticos y consulares.
  • Automóviles que transporten a personas con movilidad reducida o discapacidad que cuenten con acreditación.
  • Carros eléctricos o híbridos.
  • Vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas.
  • Usuarios que liquiden la tasa de congestión o contaminación.
  • Motocicletas.
  • Taxis