Para varios ciudadanos de Colombia, manejar en su carro es su espacio seguro, una zona de paz que también es utilizada para desahogarse y sentirse más tranquilo, un lugar que permite ayudar en aquellos momentos de estrés que se viven en el país. Incluso, muchas personas utilizan sus vehículos para poder escuchar música a alto volumen.

No obstante, los altos niveles de ruido que se emiten por la música del vehículo pueden terminar siendo costosos para los conductores del país, ya que existen ciertas sanciones que los agentes de tránsito pueden imponerles si no respetan las normas establecidas por la ley colombiana.
Estas son las multas que un conductor puede recibir si escucha música a niveles altos
Según lo establecido por el Código Nacional de Tránsito Terrestre de Colombia, existen cuatro infracciones que un conductor estaría realizando si va con música o ruidos excesivos en su vehículo:

Infracción B23
La infracción B23 indica que habrá una multa como consecuencia de haber utilizado radios, equipos de sonido o de amplificación a un volumen que se exceda de los niveles de decibeles (dB) máximos establecidos por las autoridades ambientales.
Asimismo, sanciona el uso de pantallas o proyectores de imagen ubicados en la parte delantera de los vehículos mientras estos se encuentran en movimiento.
Las personas que lleven a cabo estas acciones recibirán una multa de 8 salarios mínimos legales vigentes (SMLDV), es decir, alrededor de 466.904 pesos.
Infracción B09
La infracción B09 es para aquellos ciudadanos cuyos carros utilicen equipos de sonido y emitan volúmenes que generen una incomodidad a los pasajeros.
Las personas que tengan esta infracción tendrán una multa de ocho salarios mínimos legales vigentes (SMLDV), lo que equivale aproximadamente a 466.904 pesos.
Comparendo C28
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, el comparendo C28 establece que conductores recibirán sanciones si hacen uso de dispositivos propios de vehículos de emergencia.
En otras palabras, aquellos carros cuyo conductor emita sonidos como sirenas de emergencia o tenga un accesorio cuya función sea producir ruido como pitos o resonadores, tendrán una multa de 15 salarios mínimos legales vigentes (SMLDV); esto representa un valor de alrededor de los 875.452 pesos.
Comparendo D17
La sanción del D17 es la que presenta mayor consecuencia económica a aquel conductor que la cometa, ya que si su vehículo presenta una infracción a las normas de emisión de contaminantes o de generación por vehículos automotores, tendrá una multa de 30 salarios mínimos legales vigentes (SMLDV), lo que equivale aproximadamente a 1.750.905 pesos.
Estos son los límites de ruido permitidos en vehículos
De acuerdo con lo establecido por la Resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud, el máximo ruido permitido para los carros en Colombia es el siguiente:
- Vehículos que registren un peso menor al de 12 toneladas tendrán un límite máximo de 83 dB.
- Vehículos que pesen entre 2 y 5 toneladas pueden emitir un ruido máximo de 85 dB.
- Vehículos que tengan un peso mayor a 5 toneladas tienen un límite máximo de 92 dB.
- Las motocicletas pueden emitir ruidos máximos de hasta 86 dB.
