Una acción que algunos propietarios de mascotas todavía pasan por alto durante los paseos puede terminar afectando su bolsillo. No recoger los excrementos que deje un animal en el espacio público o en áreas comunes puede generar una multa tipo 1 de $116.127, de acuerdo con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

La medida busca evitar que parques, andenes y otros espacios compartidos terminen afectados por esta conducta. En Bogotá, sin embargo, las personas sancionadas tienen una alternativa que puede evitar el pago de la multa económica.
Quienes reciban una multa tipo 1 o 2 pueden solicitar que la medida sea cambiada por una actividad pedagógica de convivencia o un programa comunitario. Para acceder a esta posibilidad es necesario pedir el agendamiento durante los primeros cinco días hábiles posteriores a la expedición de la orden de comparendo.
Una vez cumplida la actividad y obtenido el certificado correspondiente, el ciudadano puede acudir a una Inspección de Policía para solicitar el cambio de la sanción económica.
¿Qué pasa si deja la multa sin pagar?
Ignorar el comparendo también puede traer consecuencias adicionales. La Secretaría Distrital de Seguridad advirtió que, cuando han pasado seis meses desde la imposición de la multa sin que esta haya sido pagada junto con los intereses correspondientes, comienzan a operar diferentes restricciones legales.
Entre ellas está la imposibilidad de ser nombrado o ascendido en un cargo público, contratar o renovar contratos con entidades del Estado y acceder a determinados permisos concedidos por las alcaldías, hasta que la persona se ponga al día.

¿Cómo pagar un comparendo en Bogotá?
El pago puede realizarse mediante la plataforma LICO de la Secretaría de Seguridad. Allí el ciudadano debe ingresar su documento, actualizar sus datos, seleccionar la opción de pago mediante PSE y completar la transacción. El comprobante llegará posteriormente al correo electrónico registrado.
Las personas que tengan dudas o comparendos pendientes también pueden solicitar orientación presencial en CADE, SuperCADE y Casas de Justicia.
Así, una conducta aparentemente menor durante el paseo de una mascota puede terminar no solo en una sanción económica, sino en restricciones que permanecen mientras el ciudadano continúe en mora.
