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Arriendos en Colombia: qué establece la Ley 820 sobre contratos, aumentos y garantías

La normativa regula aspectos como incrementos, contratos, garantías y procesos de terminación, en un contexto donde cerca del 40 % de los hogares del país vive en arriendo.

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18 de mayo de 2026 a las 3:12 p. m.
Imagen de referencia.
Imagen de referencia. Foto: Guillermo Torres / SEMANA

El mercado de arriendos continúa consolidándose como uno de los principales mecanismos de acceso a vivienda en Colombia. De acuerdo con cifras del DANE, cerca del 40 % de los hogares del país vive bajo esta modalidad, una proporción que ha aumentado en medio del encarecimiento del crédito y del costo de vida. En Bogotá, el 57,4 % de los hogares reside en arriendo, lo que ubica a la capital como la ciudad con mayor participación en este segmento.

En este contexto, la Ley 820 de 2003 se mantiene como el principal marco regulatorio de la relación entre propietarios e inquilinos. La norma establece disposiciones sobre precios, incrementos, contratos y garantías, con el objetivo de regular un mercado en el que aún persisten prácticas informales.

“Entender las reglas del juego es fundamental. La Ley 820 no solo protege a las partes, sino que también promueve un mercado más transparente, algo clave en un momento donde la confianza y la información son determinantes para tomar decisiones”, afirmó Lesly Posada, directora comercial de Fincaraiz.

La normativa establece que el canon de arrendamiento no puede superar el 1 % del valor comercial del inmueble y que los incrementos anuales deben ajustarse exclusivamente al Índice de Precios al Consumidor (IPC). Además, prohíbe la exigencia de depósitos arbitrarios y señala que las garantías deben formalizarse mediante mecanismos como fiadores o pólizas.

La ley también contempla procesos legales para la terminación de contratos y eventuales desalojos, así como obligaciones relacionadas con habitabilidad, mantenimiento y reparaciones. En cuanto a la dinámica contractual, los contratos suelen pactarse a un año con renovación automática si ninguna de las partes manifiesta lo contrario.

“Lo que estamos viendo es que, más allá de la norma, existe una necesidad creciente de educación del usuario. Muchos conflictos en el mercado de arriendos surgen por desconocimiento, lo que abre una oportunidad para que plataformas digitales acompañen el proceso con información clara, validación de datos y herramientas que faciliten acuerdos más seguros”, añadió Posada.