Más allá de lo que se ha revisado ya alrededor del proyecto de decreto que el gobierno publicó para comentarios y que implicaría una transferencia de más de 25 billones de pesos de las cuentas de ahorro individuales administradas por las AFP hacia a Colpensiones, hay otro paquete de dudas.
El borrador de decreto no es explícito en varios puntos que constituyen riesgos para el ahorro pensional de los cotizantes, según advierte el exviceministro de Hacienda, Andrés Pardo. He aquí 5 interrogantes que plantea el experto.

1. Y plata de dónde en solo 15 días
De acuerdo con la revisión realizada por Pardo, el proyecto de decreto establece que las AFP-Administradoras de Fondos de Pensiones, tendrían un máximo de 15 días hábiles para transferir estos recursos una vez emitida la norma.
A juicio del exviceministro, el borrador de decreto “no es claro sobre qué constituye exactamente una transferencia de recursos: si debe ejecutarse en efectivo o mediante la entrega de activos reales (valores).
2. Vender activos que son de los ahorradores
El efecto de conseguir esa plata, ya sea en efectivo o en especies, no se haría esperar, según explica Pardo. “Si la transferencia se requiere en efectivo, un plazo tan ajustado podría provocar importantes ventas forzadas de activos, lo que podría causar grandes distorsiones a corto plazo en los mercados financieros locales”.
3. ‘Autoclavarse’ el cuchillo
Al decir del exfuncionario público, el riesgo inminente recaería sobre los bonos de gobiernos locales (TES), dada su alta liquidez y que la mayoría de las personas que aprovecharon la ventana de oportunidad prevista para trasladarse de los fondos a Colpensiones, invierten en los fondos más conservadores, que mantienen más de tres cuartas partes de sus carteras en bonos.
4. El enredo para Colpensiones
De acuerdo con lo analizado por el economista, quien actualmente se desempeña como jefe de macroestrategia para Latinoamérica de XP Investments, “incluso si la transferencia se ejecutara mediante la entrega de valores, Colpensiones aún necesitaría liquidar esta gran cantidad de activos, aunque a un ritmo más moderado". El asunto es que, dicho mecanismo podría no ser tan operativamente viable, dado que “entendemos que Colpensiones carece de la capacidad para mantener valores”, dijo Pardo.

5. Redireccionar, riesgo de gastar en otros temas
Es claro que el artículo que quedó vigente, tras la decisión de la Corte Constitucional, de suspender la reforma pensional, implica, y de manera explícita, que los recursos por traslado deben permanecer en cuentas de ahorro individuales y ser transferidos solo al momento de la jubilación del trabajador al nuevo fondo de ahorro administrado por el Banco de la República.
En consecuencia, al redireccionar estos fondos a Colpensiones se liberaría un monto voluminoso, equivalente a 1,3 % del PIB-producto interno bruto. En tal escenario, “el gobierno los podría destinar a otras necesidades de gasto, lo que sugiere que la medida responde parcialmente a las actuales presiones fiscales y de liquidez del gobierno”, dijo Pardo.

Conclusión: puede haber responsabilidad penal
Según argumenta el exviceministro de Hacienda, Asofondos debería utilizar toda la artillería necesaria para impedir la emisión del decreto.
Inclusive, manifestó, recurrir si es necesario a acciones legales ante el Consejo de Estado (el máximo tribunal administrativo de Colombia) y la Corte Constitucional, incluyendo potencialmente solicitudes de medidas cautelares.
En todo caso, no se debe olvidar que si el gobierno procede a pesar de las inconsistencias legales, “los funcionarios públicos que firmen el decreto podrían enfrentar responsabilidad penal, dado que la medida parece ser claramente contraria a la ley y, a pesar de ello, se promulgaría a sabiendas", concluyó Pardo.