Impuestos

Gobierno expide decreto con 15 medidas tributarias para personas y empresas tras el terremoto. Vea los detalles

Se trata del Decreto 1419 del 17 de septiembre. Contiene alivios tributarios por donaciones, reducción de sanciones, entre otras medidas.

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18 de septiembre de 2026 a las 10:00 a. m.
Dian
Dian Foto: Aymer Andrés Álvarez

Todo un paquete tributario, con 15 medidas, incluida la vigencia, tiene el Decreto 1419 del 17 de septiembre de 2026, expedido por el Gobierno Nacional, a la luz del terremoto ocurrido el 10 de agosto.

El documento, con 17 páginas que exponen minuciosamente las consideraciones por las cuales fueron tomadas las medidas, incluye temas tributarios, aduaneros y cambiarios, dirigidos tanto a empresas como a personas naturales.

Entre los alivios están la reducción de sanciones e intereses y facilidades para el pago de obligaciones con la Dian. He aquí algunas de las decisiones expuestas en el decreto.

El Chocó fue el epicentro del terremoto y uno de los departamentos con mayores afectaciones. Decenas de casas, iglesias y centros médicos quedaron destruidos.
El Chocó, epicentro del terremoto del 10 de agosto. Foto: AFP

Alivios a deudores de la zona afectada

Lo primero que aclara el decreto es que las medidas serán aplicadas única y exclusivamente en la zona afectada por el evento sísmico.

Con ese preámbulo, se plantea que los colombianos afectados podrán solicitar, hasta el 19 de noviembre de 2026, una facilidad de pago en sus obligaciones tributarías, aduaneras y cambiarías administradas por la DIAN que se encuentren en mora.

Esta medida recaerá desde que entra en vigencia el decreto, es decir, a partir del 17 de septiembre, y hasta por 24 meses, sin garantía. Eso sí, los aspirantes a ser beneficiarios de la norma temporal tendrán que cumplir ciertas condiciones establecidas en el Estatuto Tributario.

También podrán aplicar personas que requieran un mayor tiempo para amortizar la deuda, pero esta tendrá que ser inferior a los 314 millones de pesos (6.000 UVT).

La Dian y la Fiscalía General montaron un grupo élite para realizar la investigación y evitar filtraciones de información.
Dian Foto: ISTOCK

Acuerdos de pago

Con la salvedad de que algunas de las medidas de alivios con deudas en mora no serán aplicables a grandes contribuyentes, el Decreto incluye una “Reprogramación de facilidades concursales vigentes”, lo que implica que, quienes estén en un proceso de insolvencia, reorganización, negociación de deudas, liquidación o cualquier otro procedimiento concursal previsto en la ley y cuyas obligaciones tributarias administradas por la Dian estén incorporadas en un acuerdo de pago aprobado o celebrado dentro del respectivo proceso, podrán solicitar, por una sola vez, la reprogramación de los plazos establecidos para el pago de dichas obligaciones

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