Impuestos

La zona gris en Ley de Rescate Económica, entre retefuente y declaración de renta, que descubre exdirector de Dian Lisandro Junco

La gran conclusión del experto es que la tabla nueva que viene en el proyecto de ley no está equilibrado con el Estatuto Tributario.

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3 de noviembre de 2026 a las 6:51 p. m.
Lisandro Junco, exdirector de la Dian
Lisandro Junco, exdirector de la Dian Foto: Red Social X / Lisandro Junco

Las personas naturales empezarán a pagar el impuesto de renta a partir de 4.240.000 pesos, lo que en la actualidad, sin la aprobación de la ley de rescate económica que radicó el Ministerio de Hacienda, es a partir de 6.320.000 pesos. En ese sentido, es claro que el proyecto de ley amplía la base de las personas que tienen que entrar a pagar el gravamen, en línea con la búsqueda de recursos públicos en la que anda el gobierno nacional, ante la existencia de una crisis fiscal.

La zona gris

Sin embargo, hay una zona gris, que podría tener un efecto grave, por lo que es clave tener en el visor el hallazgo que hizo Lisandro Junco, exdirector de la Dian, alrededor del tema.

Para evidenciar lo que descubrió Junco, hay que partir del hecho, según el cual, las personas en Colombia -según una tabla que está en el Estatuto Tributario- son sujetos de una retención en la fuente que les descuentan de su salario mes a mes, y luego, cuando llega la hora de presentar la declaración de renta, lo que ocurre en la segunda mitad de cada año, dicho pago hecho “a cuotas” suma para cubrir su impuesto de renta: a algunos les alcanza y hasta le quedan saldos a favor, a otros les falta y deben aportar el excedente.

Pues resulta que en el proyecto de ley presentado, también se introdujo un cambio en la retención en la fuente, el cual, de ser aprobado como está, llevaría a que las personas les hagan este descuento de su ingreso mensual, a partir de 5.015.000 pesos (en la actualidad es a partir de 7 millones de pesos). Es decir, también hacen que más personas sean sujeto de retención en la fuente.

El problema, según las explicaciones de Junco, es que queda una especie de “bache”, que podría llevar a que las personas que no les hacen retención en la fuente quedaran sin la obligación de pagar el impuesto de renta.

Es decir, se genera un vacío entre la tabla tarifaria y el mecanismo de recaudo: aunque la norma les aplique en el papel, el Estado no recibe dinero mediante cobro anticipado (retención) ni puede exigirles la presentación del impuesto (declaración), de acuerdo con las explicaciones de Junco.

El asunto tiene algo de tecnicismo, pero en resumidas cuentas, el exdirector de la Dian afirma que no se trata de un descuido al elaborar la medida en el proyecto de ley, puesto que en la misma exposición de motivos de la iniciativa legislativa, el Ministerio de Hacienda afirma que quien paga no le retienen. La inexactitud, al decir del experto, es que la tabla nueva que se incluyó en el proyecto de ley no está equilibrada con los artículos del Estatuto Tributario que se refieren a esas dos obligaciones tributarias: retención en la fuente, declaración de renta y pago del impuesto.

Para subsanar esta inconsistencia, Junco plantea modificar los artículos 592 y 593 del Estatuto Tributario para bajar el tope de ingresos que obliga a declarar de 1.400 UVT ($73.323.600) a 1.050 UVT ($54.992.700), cifra que equivale exactamente a trece sueldos de $4.240.000 cada uno.