La Corte Constitucional suspendió una de las medidas más controvertidas adoptadas por el Gobierno nacional en el marco de la emergencia económica decretada por las inundaciones que afectaron varias regiones del país.

El alto tribunal tumbó los artículos del Decreto 0175 de 2026 que pretendían modificar, de manera transitoria, las competencias de la Junta Directiva del Banco de la República en materia de regulación de los Títulos de Desarrollo Agropecuario (TDA).

El decreto, expedido por el Ministerio de Agricultura, buscaba implementar medidas extraordinarias para facilitar el financiamiento del sector agropecuario, afectado por los eventos climáticos que motivaron la declaratoria del estado de emergencia.
Entre sus disposiciones, ordenaba modificar temporalmente el artículo 112 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero e imponía a la Junta Directiva del Banco de la República la obligación de adecuar su reglamentación antes del 1 de abril de 2026.
Además, le instruía adoptar condiciones que facilitaran una mayor financiación de los créditos destinados a la producción agrícola, incluyendo la fijación de tasas aplicables a los Títulos de Desarrollo Agropecuario.

Sin embargo, la Corte concluyó que el Ejecutivo excedió las facultades que le otorga la Constitución durante los estados de excepción. El tribunal recordó que la Junta Directiva del Banco de la República goza de autonomía constitucional para ejercer las funciones de autoridad monetaria, cambiaria y crediticia, por lo que sus competencias no pueden ser modificadas ni condicionadas mediante decretos de emergencia.

La decisión no implica la caída del resto del decreto, que mantiene vigentes varias medidas orientadas a aliviar la situación financiera de los productores agropecuarios afectados por la emergencia. Entre ellas figuran programas de refinanciación de créditos, alivios de deuda, compra de cartera agropecuaria y mecanismos especiales para fortalecer el acceso al financiamiento rural.
El fallo representa un revés para el Gobierno en uno de los puntos más sensibles de su estrategia para atender la emergencia. Aunque buena parte de las medidas de alivio para el sector agropecuario siguen en firme, la Corte dejó claro que las competencias del Banco de la República no pueden alterarse por la vía de un decreto de excepción.
