Economía
Se acabó el tiempo para estas cédulas; Dian las requiere para la declaración de renta del 29 de septiembre al 3 de octubre
Los colombianos deben cumplir con la obligación y evitar sanciones.
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Desde hace algunas semanas, la Dian habilitó sus plataformas para la presentación de la declaración de renta.
Hay que recordar que son millones los colombianos que deberán presentar oficialmente, y ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la declaración de renta: un documento tributario clave que, en algunos casos, es de carácter obligatorio.

El vencimiento de los plazos para la presentación de los documentos se determina según los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía. Desde hace meses, la DIAN publicó el cronograma oficial para que las personas no dejen pasar la fecha límite.
Para la semana del 29 de septiembre al 3 de octubre, están programadas las siguientes cédulas requeridas para la presentación de la obligación:
- 29 de septiembre: No será la fecha límite para ninguna cédula.
- 30 de septiembre: No será la fecha límite para ninguna cédula.
- 1 de octubre: Cédulas terminadas en 67-68.
- 2 de octubre: Cédulas terminadas en 69-70.
- 3 de octubre: Cédulas terminadas en 71-72.
Se debe tener en cuenta que desconocer la fecha de presentación de la declaración no es un argumento válido para evitar las sanciones por no realizar el trámite en los tiempos establecidos.

Es importante añadir que no todos los ciudadanos están obligados a presentar este trámite. Por tal razón, las personas deben tener presente los topes establecidos por la entidad.
A través del portal web de la Dian se pueden conocer los detalles técnicos que deben tener en cuenta quienes deban presentar la declaración, la cual se recomienda hacer de la mano de un contador certificado.
¿Cómo saber si debe declarar renta?
Los topes definidos para declarar renta este año son los siguientes. Si usted cumple al menos uno de estos, debe presentar el reporte de manera obligatoria:
- Si tiene un patrimonio bruto igual o superior a $211.792.500 al finalizar el año gravable 2024.
- Si la suma de todos sus ingresos fue igual o superior a $65.891.000 al finalizar el año gravable 2024.
- Si realizó consumos con tarjetas de crédito iguales o superiores a $65.891.000 al finalizar el año gravable 2024.
- Si sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras fueron iguales o superiores a $65.891.000.
- Si tuvo compras y consumos iguales o superiores a $65.891.000.
- Si usted es una persona responsable del Impuesto a las Ventas (IVA).