La insolvencia de personas naturales es un mecanismo legal diseñado para que quienes enfrentan dificultades económicas reales puedan renegociar sus deudas y alcanzar acuerdos con sus acreedores. Sin embargo, el crecimiento acelerado que ha tenido en Colombia hace necesario revisar si se trata de un fenómeno coyuntural, de un cambio en los hábitos financieros de los hogares o de un uso inadecuado de la figura.
Para Adriana María Ovalle, vicepresidenta jurídica de Asobancaria, el desafío no es cuestionar la herramienta, sino preservar su finalidad, que es proteger a quien realmente lo necesita sin generar distorsiones que afecten la confianza, el ahorro público y el acceso al crédito.
En 2025 se registró un récord de insolvencias de personas naturales. ¿Es un fenómeno coyuntural o estructural?
Adriana María Ovalle: Aún no es posible afirmar cuál es la razón. Sin embargo, la tendencia es claramente ascendente: en 2016 se registraron 422 solicitudes; en 2020, 2.212, y en 2025 cerramos con 18.736. En lo corrido de 2026 ya van 3.012. La figura es hoy más conocida y utilizada, pero todavía estamos en una etapa temprana de análisis para determinar si se trata de un cambio estructural en el comportamiento financiero de los hogares.
¿Este aumento podría reflejar un deterioro del ingreso de las familias?
A.M.O.: No necesariamente. El Informe de Estabilidad Financiera del Banco de la República de 2025 no muestra un deterioro generalizado del ingreso disponible. Lo que sí evidencia es un mayor consumo de los hogares, lo que reduce la capacidad de ahorro y la liquidez para atender obligaciones. Es decir, no se trata tanto de menores ingresos, sino de una mayor presión sobre las finanzas personales.

¿Estamos ante un problema de educación financiera?
A.M.O.: La educación financiera sigue siendo un reto estructural. Incorporar estos contenidos desde etapas tempranas ayudaría a fortalecer la planeación, el ahorro y la cultura de pago. Cumplir las obligaciones no solo es una responsabilidad individual, sino un elemento clave para el buen funcionamiento del sistema financiero, que opera sobre la base de la confianza.
¿Se está utilizando la insolvencia como estrategia para borrar deudas?
A.M.O.: Hemos observado campañas en redes sociales que presentan la insolvencia como un mecanismo rápido para salir de deudas, lo cual puede inducir a interpretaciones equivocadas. La figura es legítima y necesaria para quienes enfrentan dificultades reales, el problema surge cuando se promueve como una estrategia para eludir obligaciones. La insolvencia no es un atajo para no pagar. En algunos procesos se han detectado patrones que ameritan seguimiento, pero más que estigmatizar, se trata de poner la lupa sobre posibles usos indebidos y evitar incentivos perversos.
¿Qué riesgos tendría para el sistema financiero que se vuelva una práctica habitual?
A.M.O.: En el plano individual, la insolvencia impacta el historial crediticio y el acceso futuro a financiación, conforme a las reglas de protección de datos, que permiten reportes hasta por el doble del tiempo en mora o máximo cuatro años. Si hay fraude, pueden derivarse consecuencias penales y disciplinarias. En el plano sistémico, un crecimiento sostenido obligaría a las entidades a ajustar sus modelos de riesgo para proteger el ahorro del público que administran. Esto podría traducirse en requisitos más estrictos y afectar el acceso al crédito para todos, incluso para quienes cumplen adecuadamente.
¿Podría impactar el costo del crédito?
A.M.O.: Los sistemas de administración de riesgo son dinámicos. Si el entorno cambia, deben ajustarse. Colombia ha avanzado en inclusión financiera: cerca del 96 por ciento de la población tiene acceso al menos a un producto financiero y alrededor del 51 por ciento accede a crédito formal. El reto es que fenómenos como este no frenen esos avances ni encarezcan el financiamiento.
¿El marco legal actual logra un equilibrio adecuado?
A.M.O.: La normativa fue modificada recientemente y, tras su implementación, se han identificado aspectos que podrían ajustarse para fortalecer el debido proceso y cerrar espacios a actuaciones de mala fe. Se han presentado propuestas técnicas al Ministerio de Justicia para mejorar la reglamentación en temas procesales y probatorios, buscando un equilibrio entre la protección del deudor y los derechos de los acreedores.
Desde Asobancaria, ¿cuál es la recomendación para el uso responsable de esta figura?
A.M.O.: La insolvencia es adecuada cuando responde a una necesidad real y se tramita con transparencia. No debe verse como un mecanismo ordinario de gestión de deudas. Antes de acudir a ella es recomendable dialogar con la entidad financiera, pues existen alternativas de reestructuración y alivio. Preservar la cultura de pago y la confianza es fundamental para que el sistema siga funcionando y el crédito continúe siendo un motor de inclusión y crecimiento.
*Contenido elaborado con apoyo de Banco GNB Sudameris y Asobancaria
