La toma y posterior retoma del Palacio de Justicia ocurrieron los días 6 y 7 de noviembre de 1985. | Foto: Foto: Archivo Colprensa

Judicial

Condenan al general (r) Iván Ramírez por la desaparición Irma Franco, guerrillera del M-19, en la retoma del Palacio de Justicia

El oficial en retiro fue sentenciado por el delito de desaparición forzada agravada y la pena que le fue impuesta es de 31 años.

Redacción Semana
19 de junio de 2024

En fallo de segunda instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó a 31 años y diez meses de prisión al general en retiro Iván Ramírez Quintero por la desaparición de la guerrillera del M-19 Irma Franco Pineda, durante la toma del Palacio de Justicia, registrada el 6 y 7 de noviembre de 1985.

El fallo se emitió tras resolver el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General y los representantes de víctimas en contra del fallo emitido el 15 de diciembre de 2011 por el Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá que absolvió al general Ramírez Quintero por duda probatoria.

En esta oportunidad, la Sala Penal consideró que existían pruebas testimoniales y documentales suficientes para inferir la responsabilidad del entonces comandante del Comando de Inteligencia y Contrainteligencia (COICI) en la desaparición de Irma Franco, quien hacía parte activa del M-19 durante el ingreso violento al Palacio, ubicado en el centro de Bogotá.

De esta forma, se llegó a la conclusión que la guerrillera salió con vida del Palacio de Justicia, fue trasladada en vehículos oficiales hasta el comando del Coici en el sur de Bogotá, donde fue sometida a todo tipo de torturas por el Ejército Nacional.

“Está debidamente demostrada la ocurrencia y materialidad de la conducta desplegada por los procesados, junto con otros militares, para acometer, como lo hicieron, contra la libertad individual de la guerrillera Irma Franco Pineda, por lo que, siendo típica, objetiva, como subjetivamente, la conducta, además de antijurídica y culpable, deben responder penalmente por ella”, señala el fallo de 413 páginas.

Incluso en el fallo se citan testimonios de varios militares que señalaron que varios “sospechosos” de participar con el grupo guerrillero fueron trasladados a la sede del Coici para ser “sometidos a entrevistas” con el fin de obtener información sobre la planeación de la toma al Palacio.

Igualmente, se advierte que Irma Franco salió con vida de la edificación y trasladada hasta la Casa del Florero, donde operaba un improvisado puesto de mando comandando por el coronel Edilberto Sánchez Rubiano -quien fue sentenciado a 45 años de prisión por el delito de desaparición forzada- no existe un registro de su estadía ahí pese a que varias personas la vieron ingresar.

“Ahora no solo el indicio de presencia del jefe de Estado Mayor del Coici daría cuenta de su responsabilidad en el relato de desaparición forzada en contra de Irma Franco Pineda, pues su hoja de vida y calificaciones, más lo dispuesto en indagatoria por el coronel (r) Alfonso Plazas Vega, entonces comandante de la Escuela de Caballería, el testimonio del coronel (r) Luis Enrique Carvajal Núñez, para la época oficial de operaciones de la Brigada XVIII y en especial lo dicho por el comandante en jefe de la operación, general (r) Arias Cabrales, permiten afirmara que tuvo responsabilidad y realizó actividades propias respecto de los rehenes liberados”, asevera el fallo.

Por estos mismos hechos, fue sentenciado a 31 años y diez meses de prisión al coronel Fernando Blanco Gómez como coautor del delito de desaparición forzada. El Tribunal le impuso una multa de 2.562,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilidad de derechos y funciones públicas por 191,25 meses.

Sin embargo, en el fallo se dejó en firme la absolución en contra de los dos militares por los hechos que rodearon la desaparición de los trabajadores de la cafetería, Carlos Augusto Rodríguez Vera, Cristina del Pilar Guarín Cortés, Bernardo Beltrán Hernández, Jaime Beltrán Fuentes y David Suspes Celis; así como de la visitante ocasional del Palacio, Gloria Estela Lizarazo.

Este es el fallo competo contra el general Ramírez Quintero